Educación especial para personas con discapacidad. noticias sobre turismo

Esta Ley Federal se adopta con el fin de crear un marco legislativo para satisfacer las necesidades de las personas con discapacidad en materia de educación, adaptación e integración en la sociedad.

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Términos básicos

Para los efectos de esta Ley Federal, los términos principales tienen el siguiente significado:

Educación especial: educación preescolar, general y vocacional, para la cual se crean condiciones especiales para que las personas con discapacidad reciban educación;

Una persona con discapacidad es una persona que tiene discapacidades físicas y (o) mentales que impiden el desarrollo de programas educativos sin crear condiciones especiales para recibir educación;

Niño: persona menor de dieciocho años;

Adulto: una persona que ha cumplido dieciocho años;

Desventaja: discapacidad física o mental, confirmada por una comisión psicológica, médica y pedagógica en relación con un niño y una comisión de expertos médicos y sociales en relación con un adulto, así como en los casos establecidos por esta Ley Federal mediante un examen repetido;

Discapacidad física: una deficiencia temporal o permanente en el desarrollo y (o) funcionamiento de uno o más órganos humanos, confirmada de la manera establecida, o una enfermedad crónica somática o infecciosa;

La discapacidad mental es una deficiencia temporal o permanente debidamente confirmada en el desarrollo mental de una persona, incluida la discapacidad del habla, los trastornos emocionales y volitivos, incluido el autismo, como consecuencia de un daño cerebral, así como los trastornos del desarrollo mental, incluido el retraso mental, el retraso mental y la creación de aprendizaje. dificultades;

La discapacidad compleja es una combinación de discapacidad física y (o) mental confirmada de la manera prescrita;

Una discapacidad grave es una discapacidad física o mental confirmada de la manera prescrita, expresada hasta tal punto que la educación de acuerdo con los estándares educativos estatales (incluidos los especiales) es inaccesible y las oportunidades de aprendizaje se limitan a obtener conocimientos básicos sobre el mundo que nos rodea, adquiriendo habilidades de autoservicio y adquisición de habilidades laborales básicas o recibir capacitación vocacional básica;

Condiciones especiales para obtener educación: condiciones de formación (crianza), incluidos programas educativos especiales y métodos de enseñanza, medios técnicos individuales de educación y entorno de vida, así como servicios pedagógicos, médicos, sociales y otros, sin los cuales es imposible (difícil) dominar la educación general y los programas educativos profesionales para personas con discapacidad;

Educación integrada: educación conjunta de personas con discapacidad y personas sin tales limitaciones, mediante la creación de condiciones especiales para que las personas con discapacidad reciban educación;

Institución educativa de propósito general: una institución educativa creada para capacitar a personas que no tienen restricciones de salud para recibir educación;

Institución educativa especial: una institución educativa creada para la educación de personas con discapacidad; unidad educativa especial: una unidad estructural de una institución educativa de propósito general creada para la educación de personas con discapacidad;

Una institución educativa de aprendizaje integrado es una institución educativa de propósito general en la que se han creado condiciones especiales para que las personas con discapacidad reciban educación junto con personas que no tienen tales limitaciones;

Estudiar en casa: dominar los programas de educación general y educación profesional por parte de una persona que, por razones de salud, no asiste temporal o permanentemente a una institución educativa, en la que el aprendizaje se lleva a cabo en casa por el personal docente de las instituciones educativas pertinentes, incluido el uso a distancia. Herramientas de aprendizaje;

Obligación educativa registrada por el estado: un documento registrado que establece la obligación de las autoridades estatales de la Federación de Rusia o de una entidad constitutiva de la Federación de Rusia de llevar a cabo, de acuerdo con normas especiales, la financiación de la educación de las personas con discapacidad durante su formación en instituciones educativas de todo tipo y tipología, independientemente de las formas de desarrollo de los programas educativos;

Apoyo estatal total: proporcionar a las personas con discapacidad que estudian en instituciones educativas especiales estatales y municipales - internados y unidades educativas especiales - internados estatales y municipales instituciones educativas de uso general, alimentos, ropa, calzado, equipo blando, equipo necesario e individual medios técnicos. Artículo 2. Participantes en las relaciones reguladas por esta Ley Federal.

Esta Ley Federal regula las relaciones de las personas físicas y jurídicas involucradas en la implementación de la educación especial:

Personas con discapacidad que sean ciudadanos de la Federación de Rusia;

Los padres (otros representantes legales) de niños con discapacidad, así como los representantes legales o representantes debidamente autorizados de adultos con discapacidad;

Trabajadores pedagógicos, médicos y de otro tipo involucrados en la implementación de la educación especial, así como trabajadores docentes entre personas con discapacidad;

Organismos estatales, gobiernos locales, estatales, municipales, organizaciones no gubernamentales, sus funcionarios, así como las personas involucradas en la implementación de la educación especial. Artículo 3. Objetivos de la educación especial.

1. La educación especial garantiza que las personas con discapacidad reciban una educación acorde con sus habilidades y capacidades en un ambiente de aprendizaje adecuado a su salud con el propósito de la adaptación e integración (reintegración) de estas personas a la sociedad, incluida la adquisición del autoservicio. habilidades, preparándolos para el trabajo y la vida familiar.

2. Si una persona con discapacidad es reconocida como discapacitada, la educación especial se incluye en el programa de rehabilitación individual de la persona discapacitada de conformidad con la legislación sobre protección social de las personas discapacitadas. Artículo 4. Legislación de la Federación de Rusia en el ámbito de la educación de personas con discapacidad.

1. La legislación de la Federación de Rusia en el ámbito de la educación de las personas con discapacidad incluye la Constitución de la Federación de Rusia, la Ley de la Federación de Rusia "sobre educación", esta Ley federal, otras leyes adoptadas de conformidad con ellas y otras normas reglamentarias. actos jurídicos de la Federación de Rusia, así como leyes y otros actos jurídicos reglamentarios de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia en el ámbito de la educación de las personas con discapacidad.

2. Al regular las relaciones jurídicas en el campo de la educación de las personas con discapacidad, se aplican los principios y normas generalmente reconocidos del derecho internacional y los tratados internacionales de la Federación de Rusia. Si un tratado internacional de la Federación de Rusia establece normas distintas de las previstas por la legislación de la Federación de Rusia en el ámbito de la educación de las personas con discapacidad, se aplican las normas del tratado internacional. Artículo 5. Política de Estado en materia de educación especial.

1. El Estado proporciona condiciones para que las personas con discapacidad reciban educación gratuita de acuerdo con sus habilidades y capacidades, incluida la promoción del desarrollo de la educación integrada.

2. La implementación de la política estatal en el campo de la educación especial se lleva a cabo sobre la base del programa objetivo federal para el desarrollo de la educación especial, que es parte integral del programa federal para el desarrollo de la educación. El programa objetivo federal para el desarrollo de la educación especial se está desarrollando con la participación de asociaciones públicas de personas con discapacidad, asociaciones públicas de padres (otros representantes legales) de estas personas y otras asociaciones públicas.

3. La Federación de Rusia y las entidades constitutivas de la Federación de Rusia proporcionan, de conformidad con la legislación, beneficios fiscales, aduaneros y de otro tipo a las organizaciones que imparten educación especial. Artículo 6. Cuestiones de educación especial dentro de la jurisdicción de la Federación de Rusia.

1. En el ámbito de la educación especial, la Federación de Rusia está sujeta a la jurisdicción:

1) establecimiento de componentes federales de estándares educativos estatales especiales para la educación preescolar y educación general;

2) determinación del estatus legal de la lengua de signos, el sistema Braille y otros medios especiales de comunicación, recepción y transmisión de información;

3) determinación de principios y estándares uniformes para crear condiciones especiales para que las personas con discapacidad reciban educación y principios para la certificación final de estas personas;

4) aprobación de reglamentos estándar sobre instituciones de educación especial de los tipos y tipos relevantes; determinar las características específicas de la creación, reorganización y liquidación de instituciones de educación especial, la concesión de licencias para sus actividades educativas, así como las características específicas de la certificación y acreditación estatal de las instituciones de educación especial;

5) establecer las características específicas del financiamiento y los estándares de financiamiento de acuerdo con la obligación educativa registrada por el estado;

6) establecimiento de los beneficios previstos por la ley federal para las personas que trabajan en el campo de la educación especial;

7) organización de actividades de investigación en el campo de la educación especial;

8) organización del control estatal sobre la calidad de la educación especial y supervisión y control estatal sobre la implementación de la legislación de la Federación de Rusia en el campo de la educación especial de personas con discapacidad; crear las condiciones para la participación de las asociaciones públicas en la resolución de problemas en el campo de la educación especial.

CAPITULO DOS. DERECHOS EN MATERIA DE EDUCACIÓN ESPECIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y DE SUS PADRES (OTROS REPRESENTANTES LEGALES)

Artículo 7. Derechos de los ciudadanos en el ámbito de la educación especial.

1. Los ciudadanos tienen derecho a un examen con el fin de obtener educación especial y obligación educativa registrada por el estado.

2. Las personas con discapacidad tienen derecho a:

1) examen gratuito por parte de una comisión psicológica, médica, pedagógica o de una comisión de expertos médicos y sociales;

2) corrección médica, psicológica y pedagógica gratuita de las discapacidades físicas y (o) mentales desde el momento de su descubrimiento, independientemente del grado de su gravedad, de acuerdo con la conclusión de la comisión psicológica, médica y pedagógica;

3) educación preescolar gratuita, educación primaria general y educación general básica desde los seis a ocho años de edad de acuerdo con la conclusión de la comisión psicológica, médica y pedagógica y el plan de estudios individual. el plazo para dominar los programas de educación general básica de educación primaria general y educación general básica está determinado por las normas estándar sobre las instituciones educativas de los tipos y tipos relevantes y no puede ser inferior a nueve años;

4) obtener educación gratuita en una institución de educación especial, institución educativa de aprendizaje integrado, unidad educativa especial o en una institución de educación general de acuerdo con indicaciones (contraindicaciones) psicológicas, pedagógicas y médicas;

5) educación gratuita en una institución educativa, independientemente de su forma organizativa y jurídica, de acuerdo con los estándares educativos estatales (incluidos los especiales), independientemente de la forma de educación, garantizada por la obligación educativa registrada por el estado;

6) provisión, de acuerdo con indicaciones sociales o médicas, de vehículos para su entrega en la institución educativa apropiada más cercana. El procedimiento para proporcionar vehículos lo establece el Gobierno de la Federación de Rusia. Artículo 8. Derechos de los padres (otros representantes legales) de personas con discapacidad

1. Los padres (otros representantes legales) de un niño con discapacidad tienen derecho:

1) estar presente durante el examen del niño

Comisión psicológico-médico-pedagógica, discutir los resultados del examen, impugnar la conclusión de esta comisión en la forma establecida en el párrafo 5 del artículo 23 de esta Ley Federal;

2) participar en el desarrollo e implementación de programas educativos individuales;

3) asistir a clases de forma gratuita, con el permiso del director de la institución educativa, en instituciones educativas estatales y municipales de educación secundaria vocacional y vocacional superior, con el fin de obtener conocimientos especiales para una crianza y desarrollo más efectivos del niño;

4) para el reembolso de los costos de educar a un niño en una familia de acuerdo con un plan de estudios individual en el monto de los costos de educar a un niño en la etapa educativa adecuada en una institución de educación especial estatal o municipal, determinado por los estándares de financiación estatal, incluyendo fondos asignados de la obligación educativa personal del estado, siempre que se implemente un programa de capacitación individual;

5) recibir consultas sobre temas de educación especial por parte de la comisión psicológica, médica y pedagógica.

2. Los derechos especificados en los incisos 1 y 2 del apartado 1 de este artículo también se otorgan a otros representantes legales de las personas con discapacidad. Lo dispuesto en el inciso 1 del párrafo 1 de este artículo se aplica a los representantes legales de adultos con discapacidad, teniendo en cuenta lo dispuesto en el párrafo 7 del artículo 23 de esta Ley Federal. Artículo 9. Apoyo estatal a las personas con discapacidad.

Las personas con discapacidad reciben asistencia íntegra del estado en los internados de educación especial estatales y municipales y en las unidades educativas especiales: internados del estado, instituciones educativas municipales de uso general:

Sordo y con problemas de audición;

Ciegos y personas con discapacidad visual;

Con graves alteraciones del habla;

Con disfunciones del sistema musculoesquelético;

Retrasado mental;

Con alteraciones pronunciadas (profundas) de la esfera emocional-volitiva y del comportamiento;

Tener dificultades de aprendizaje debido a retraso mental;

Con defectos complejos.

CAPÍTULO III. ORGANIZACIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL

Artículo 10. Formas de recibir educación especial.

Las personas con discapacidad pueden recibir educación especial en instituciones de educación especial, unidades educativas especiales, instituciones educativas de aprendizaje integrado y instituciones de educación general en las formas previstas por la Ley de la Federación de Rusia "sobre educación".

Artículo 11. Educación en el hogar

1. Para las personas que por motivos de salud no asistan temporal o permanentemente a centros educativos, las autoridades educativas correspondientes estarán obligadas a organizar la educación en el hogar.

La lista de enfermedades cuya presencia da derecho a estudiar en casa se establece en la forma que determine el Gobierno de la Federación de Rusia.

2. La educación en el hogar la lleva a cabo una institución educativa en la que estudian constantemente las personas especificadas en el párrafo 1 de este artículo, o la institución educativa adecuada más cercana a su lugar de residencia que cuente con acreditación estatal, sobre la base de la conclusión. de una institución médica en relación con niños que padecen enfermedades somáticas, o sobre la base de una comisión médico-pedagógica psicológica o de una comisión de expertos médico-social en otros casos. El estudio en casa se realiza sobre la base de un acuerdo entre la autoridad educativa, la institución educativa, el estudiante y (o) sus representantes legales.

La forma del acuerdo de estudio en el hogar es aprobada por la autoridad educativa del gobierno federal.

3. La educación en el hogar se financia de conformidad con el artículo 29 de esta Ley Federal. Artículo 12. Formación en una institución médica para pacientes hospitalizados.

1. Para hacer realidad el derecho de los ciudadanos a la educación y crear las condiciones para recibirla, las autoridades educativas y las autoridades sanitarias están obligadas a organizar la educación de los niños con discapacidad que se encuentran en tratamiento de larga duración (más de veintiún días) en instituciones médicas para pacientes hospitalizados, de acuerdo con los estándares educativos generales.

2. La institución de educación general en el lugar de la institución médica para pacientes hospitalizados brinda educación a los niños en diversas formas. Las cuestiones organizativas de la formación están reguladas por un acuerdo entre una institución médica para pacientes hospitalizados y una institución de educación general.

La forma del acuerdo sobre la organización de la formación en una institución médica para pacientes hospitalizados es aprobada por las autoridades ejecutivas federales pertinentes, cuya competencia incluye cuestiones de educación y atención de la salud.

3. La formación en una institución médica para pacientes hospitalizados se financia de conformidad con el artículo 29 de esta Ley Federal. Artículo 13. Formación en una institución de educación general.

1. Las personas con discapacidad tienen derecho a estudiar en una institución de educación general de conformidad con la Ley de la Federación de Rusia "sobre educación" si cuentan con la conclusión adecuada de una comisión psicológica, médica, pedagógica o de una comisión de expertos médicos y sociales.

2. Las personas con discapacidad que estudian en una institución de educación general tienen derecho a utilizar los servicios de un asistente durante las clases si existe la recomendación correspondiente en la conclusión de las comisiones especificadas en el párrafo uno de este artículo.

Los derechos y responsabilidades de un asistente pueden estar establecidos por las regulaciones locales de la institución educativa. Artículo 14. Aprendizaje integrado

1. La educación integrada se organiza para personas con discapacidad de acuerdo con indicaciones (contraindicaciones) psicológicas, pedagógicas y médicas, si la institución educativa de educación integrada tiene las condiciones especiales necesarias para recibir educación. Una institución educativa de educación integrada no tiene derecho a negar la admisión a dichas personas para recibir capacitación debido a la presencia de discapacidades físicas y (o) mentales en ausencia de contraindicaciones para la capacitación y (o) educación vocacional y restricciones para trabajar en un profesión específica (especialidad).

En una institución educativa de aprendizaje integrado, el número de personas con discapacidad no debe ser más del veinte por ciento del número total de estudiantes y alumnos.

Una institución educativa de educación integrada, desde el día en que una persona con discapacidad se inscribe en ella, tiene derecho a ser financiada con cargo al presupuesto federal y (o) a los fondos presupuestarios de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia en la cantidad establecida por el estado. obligación educativa registrada.

2. La formación y educación conjuntas de personas con discapacidades mentales o complejas y personas que no tienen dichas discapacidades no deben afectar negativamente los resultados educativos de las personas que no tienen dichas discapacidades. Las personas con discapacidad mental o compleja que dominen con éxito el programa educativo de una institución educativa de educación integrada podrán ser expulsadas de esta institución educativa por la imposibilidad de una educación conjunta con base en una decisión de la junta de la institución educativa de acuerdo con el psicólogo, comisión médica y pedagógica. Al mismo tiempo, las autoridades ejecutivas, cuya competencia incluye cuestiones de educación, toman medidas en el plazo de un mes para garantizar que estas personas continúen su educación en una forma adecuada para ellos. Artículo 15. Instituciones educativas especiales.

1. En la Federación de Rusia se crean y funcionan instituciones educativas especiales, cuyos tipos y tipos se determinan de acuerdo con los programas educativos que implementan, las actividades de rehabilitación y la edad de los estudiantes.

2. En la Federación de Rusia podrán crearse y funcionar instituciones educativas especiales para personas:

1) con trastornos del habla: trastornos graves del habla, subdesarrollo fonético-fonémico del habla y alteración de la pronunciación de sonidos individuales;

2) con discapacidad auditiva: sordos, con problemas de audición y sordos tardíos;

3) con discapacidad visual: personas ciegas, con discapacidad visual y con ceguera tardía, con estrabismo y ambliopía;

4) con trastornos mentales: retraso en el desarrollo mental, retraso mental, con retraso mental profundo;

5) con disfunción del sistema musculoesquelético;

6) con discapacidades complejas, incluida la sordoceguera;

7) con trastornos de la esfera emocional-volitiva y del comportamiento;

8) susceptible a enfermedades somáticas o infecciosas crónicas.

Se podrán crear instituciones educativas especiales para la educación conjunta de personas con diversas discapacidades físicas y (o) mentales, si esto no interfiere con el desarrollo exitoso de los programas educativos y no existen contraindicaciones médicas para dicha formación. Artículo 16. Servicio de logopedia.

1. Para brindar asistencia a los niños con diversos trastornos del habla y que estudian en instituciones de educación general, se organiza un servicio de logopedia.

Según la cantidad de niños que necesitan asistencia de logopedia, esta asistencia se puede brindar a través de:

Introducción de un puesto de logopeda en el personal de una institución de educación general;

Creación de una sala de logopedia dentro de la estructura del órgano de gestión educativa;

Creación de un centro de logopedia, una institución con derechos de persona jurídica.

2. El reglamento uniforme sobre los servicios de logopedia es aprobado por el órgano ejecutivo federal, cuya competencia incluye cuestiones de educación. Artículo 17. Centros de rehabilitación

1. Con el fin de formar y (o) educar a personas con discapacidades complejas y (o) graves, se crean centros de rehabilitación de diversos perfiles. Los centros estatales de rehabilitación (al menos uno en cada entidad constituyente de la Federación de Rusia) son creados por el órgano ejecutivo federal.

2. Los objetivos de los centros de rehabilitación son la formación de habilidades comunicativas y de autocuidado, habilidades laborales básicas y la organización de clases según programas educativos individuales.

Las clases en los centros de rehabilitación se organizan de acuerdo con programas de capacitación individuales y (o) grupales con un número de estudiantes en un grupo de no más de diez personas, y con un defecto complejo, no más de seis personas.

3. El centro de rehabilitación es una persona jurídica. El reglamento estándar sobre el centro de rehabilitación se aprueba en la forma prescrita por el Gobierno de la Federación de Rusia. Artículo 18. Peculiaridades del ingreso a instituciones educativas de personas con discapacidad.

La admisión de personas con discapacidad a instituciones educativas se realiza en la forma prescrita por la Ley de Educación de la Federación de Rusia y sobre la base de la conclusión de una comisión psicológica, médica y pedagógica o de una comisión de expertos médicos y sociales. Artículo 19. Traslado de personas con discapacidad de instituciones de educación especial a otras instituciones educativas

1. El traslado de personas con discapacidad de instituciones de educación especial de un tipo o tipo a instituciones de educación especial de otro tipo o tipo, a instituciones educativas de educación integrada o a instituciones educativas de propósito general se realiza sobre la base de la celebración de una comisión médico-pedagógica psicológico-pedagógica o una comisión pericial médico-social y con el consentimiento de los padres (otros representantes legales) de los hijos menores.

La cuestión del traslado se considera, por regla general, después de un año desde la fecha de admisión a una institución de educación especial, si una fecha anterior para el reexamen no corresponde a los intereses del estudiante o alumno.

2. En caso de reorganización o liquidación de una institución de educación especial, el órgano de gestión educativa al que está subordinada esta institución, asegura el traslado de los estudiantes, alumnos, con su consentimiento o con el consentimiento de los padres (otros representantes legales) a otros instituciones educativas especiales o a instituciones educativas relevantes de educación integrada. Artículo 20. Instituciones educativas especiales cerradas. Unidades educativas especiales de instituciones educativas creadas en instituciones que realizan

Sanciones penales en forma de prisión.

1. Para los niños que tienen discapacidades físicas y (o) mentales, que han cometido actos socialmente peligrosos, que han cumplido once años y son reconocidos por los tribunales como socialmente peligrosos, se crean instituciones educativas especiales cerradas, cuyos fundadores sólo pueden ser autoridades ejecutivas federales y autoridades ejecutivas de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia.

La remisión de estos niños a instituciones educativas especiales cerradas se lleva a cabo mediante decisión judicial, teniendo en cuenta la conclusión de la comisión psicológica, médica y pedagógica en la forma prescrita por la ley federal.

2. En las instituciones educativas creadas en instituciones que ejecutan sanciones penales en forma de prisión, se crean unidades educativas especiales para personas condenadas con discapacidad. Artículo 21. Normas educativas estatales especiales.

1. Para las personas con discapacidad, cuya educación de acuerdo con los estándares educativos estatales es imposible debido a las características de su discapacidad física y (o) mental, se establecen estándares educativos estatales especiales. No se establecen estándares educativos estatales especiales para la educación vocacional.

2. El procedimiento para el desarrollo, aprobación e introducción de normas educativas estatales especiales lo determina el Gobierno de la Federación de Rusia. Artículo 22. Características de la certificación final de personas con discapacidad.

1. La certificación final de las personas con discapacidad física y que hayan completado programas educativos del nivel apropiado se lleva a cabo de conformidad con la Ley de la Federación de Rusia "sobre educación".

2. La certificación final de las personas con discapacidad mental o compleja y que hayan completado programas educativos para instituciones de educación especial se realiza en la forma que establezca el órgano ejecutivo federal cuya competencia incluye cuestiones de educación. Artículo 23. Comisiones psicológicas, médicas y pedagógicas, comisiones de expertos médicos y sociales.

1. Diagnóstico de discapacidades físicas y (o) mentales de los niños, establecimiento de sus derechos a la educación especial y creación de condiciones especiales para recibir educación, así como consulta a los padres (otros representantes legales) sobre todos los temas relacionados con la física y (o ) las discapacidades mentales de los niños son llevadas a cabo por comisiones interdepartamentales permanentes de carácter psicológico, médico y pedagógico.

Las comisiones psicológicas, médicas y pedagógicas se crean a razón de una comisión promedio por cada diez mil niños que viven en un territorio determinado, pero no menos de una comisión psicológica, médica y pedagógica en el territorio de cada entidad constituyente de la Federación de Rusia.

Con fines de servicio científico y metodológico.

Comisión psicológico-médico-pedagógico y resolución de conflictos entre la comisión y los padres (otros representantes legales) de niños con discapacidad, se crean centros federales psicológico-médico-pedagógicos a razón de un centro por cada diez comisiones, pero no más de un psicológico. -centro médico-pedagógico en el territorio de cada entidad constituyente de la Federación de Rusia. Si el número de comisiones en una entidad constitutiva de la Federación de Rusia es inferior a diez, se crea un centro federal psicológico, médico y pedagógico para varias entidades constitutivas de la Federación de Rusia. La creación de centros federales psicológicos, médicos y pedagógicos se lleva a cabo de acuerdo con las autoridades estatales de la entidad constitutiva de la Federación de Rusia en cuyo territorio se crea.

El procedimiento para la creación de comisiones médico-pedagógicas psicológicas y centros médicos-pedagógicos federales y sus reglamentos estándar los establece el Gobierno de la Federación de Rusia.

2. Las principales funciones de la comisión psicológica, médica y pedagógica son:

1) realizar lo antes posible un examen psicológico, médico y pedagógico gratuito de los niños, identificando las características de su desarrollo con el fin de establecer un diagnóstico y determinar las condiciones especiales adecuadas para recibir educación;

2) certificación de los derechos de un niño con discapacidad a la educación especial, elaborando la conclusión correspondiente;

4) confirmación, aclaración y cambio de un diagnóstico previamente establecido;

5) consultar a los padres (otros representantes legales) de niños con discapacidad;

6) consultar a trabajadores pedagógicos, médicos y sociales sobre cuestiones relacionadas con las condiciones especiales para que los niños reciban educación, sus derechos y los derechos de los padres (otros representantes legales);

7) formación de un banco de datos sobre niños con discapacidad, patología infantil (insuficiencia) y suministro de la información recopilada a las autoridades educativas, sanitarias y de protección social pertinentes.

3. La comisión psicológica, médica y pedagógica deberá incluir:

Psicólogo;

Médicos: psiquiatra, neurólogo, ortopedista, otorrinolaringólogo, oftalmólogo, terapeuta (pediatra), fisioterapeuta;

Especialistas en el campo de la educación especial: logopeda, oligofrenopedagogo, profesor de sordos, tiflopedagogo, profesor social;

En el trabajo de la comisión psicológica, médica y pedagógica participan representantes de las autoridades educativas, sanitarias y de protección social pertinentes.

4. La remisión de los niños a una comisión psicológica, médica y pedagógica se lleva a cabo a petición de los padres (otros representantes legales), decisión judicial, así como con el consentimiento de los padres (otros representantes legales) por iniciativa de la autoridad competente. autoridades educativas, autoridades sanitarias, autoridades de protección social, instituciones educativas, instituciones de salud, protección social de la población o asociaciones públicas que se ocupen, de acuerdo con sus documentos constitutivos, de cuestiones de protección de los derechos de las personas con discapacidad. Al enviar niños para ser examinados por decisión judicial, no se requiere el consentimiento de los padres (otros representantes legales).

Las instituciones de atención de salud están obligadas a derivar a un niño a una comisión psicológica, médica y pedagógica en un plazo de diez días si identifican signos claros de discapacidad física y (o) mental, a fin de determinar las condiciones especiales para su educación.

5. Los resultados del examen del niño se reflejan en la conclusión de la comisión psicológica, médica y pedagógica, que es la base para enviar al niño, con el consentimiento de los padres (otros representantes legales), a una institución educativa especial. , para organizar la educación en el hogar o para enviarlo a instituciones educativas de educación integrada. Los miembros de la comisión psicológico-médica-pedagógica están obligados a guardar secretos profesionales, incluido el mantenimiento de la confidencialidad de la conclusión.

Si los padres (otros representantes legales) no están de acuerdo con la conclusión de la comisión psicológico-médica-pedagógica, dentro de un mes a partir de la fecha de presentación de la solicitud, el centro psicológico-médico-pedagógico correspondiente realiza un segundo examen.

La conclusión del nuevo examen podrá apelarse ante el tribunal. 6. Comisión psicológico-médico-pedagógica y

El centro psicológico, médico y pedagógico son personas jurídicas.

7. Las funciones de la comisión psicológica, médica y pedagógica en relación con los adultos son desempeñadas por comisiones de expertos médicos y sociales.

Los recursos contra las conclusiones de las comisiones de expertos médicos y sociales se llevan a cabo en la forma prescrita por la legislación de la Federación de Rusia. Artículo 24. Documentos que acrediten el derecho a recibir educación especial.

1. El derecho a recibir educación especial se acredita mediante documento expedido al niño (su representante legal) por la comisión psicológico-médico-pedagógica o al adulto (su representante legal) por la comisión pericial médico-social. La forma del documento se establece en la forma que determine el Gobierno de la Federación de Rusia.

2. Las condiciones especiales para la obtención de la educación se determinan sobre la base de la conclusión de una comisión psicológica, médica, pedagógica o de una comisión de expertos médicos y sociales.

3. Con base en los documentos especificados en los párrafos 1 y 2 de este artículo, el órgano ejecutivo cuya competencia incluye cuestiones de financiamiento de la educación emite una obligación educativa registrada por el estado a una persona con discapacidad (su representante legal). Una obligación educativa registrada en el estado no puede ser objeto de circulación civil, incluida la compra, venta y prenda, sobre la cual se hace la inscripción correspondiente en la obligación educativa registrada en el estado.

La forma de la obligación educativa registrada por el estado, el procedimiento para calcular su precio y el procedimiento para obtener esta obligación los establece el Gobierno de la Federación de Rusia.

4. Los funcionarios de las comisiones psicológicas, médicas, pedagógicas y de las comisiones de expertos médicos y sociales, de conformidad con la legislación de la Federación de Rusia, son responsables de la exactitud de la información contenida en los documentos especificados en los párrafos 1 y 2 de este artículo. Las personas culpables de emitir una conclusión deliberadamente incorrecta por una comisión psicológico-médico-pedagógica o una comisión médico-social de expertos, o de emitir ilegalmente los documentos especificados en los párrafos 1, 2 y 3 de este artículo, asumen la responsabilidad disciplinaria, administrativa, patrimonial y penal establecida. por la legislación de la Federación Rusa.

CAPÍTULO IV. GESTIÓN DEL SISTEMA DE EDUCACIÓN ESPECIAL

Artículo 25. Autoridades de educación especial

1. La gestión de la educación especial en la Federación de Rusia está a cargo del órgano ejecutivo federal, cuya competencia incluye cuestiones de educación, y de los órganos ejecutivos pertinentes de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia.

2. Los órganos ejecutivos, cuya competencia incluye cuestiones de educación, adoptan e implementan programas conjuntos y realizan actividades conjuntas encaminadas a proteger la salud de los ciudadanos, prevenir la discapacidad, la adaptación social de las personas con discapacidad, la prevención del delito, la rehabilitación médica y social de las personas con discapacidad. discapacidades oportunidades de salud. Para coordinar estas actividades, intercambiar información y experiencias en temas de educación especial, se pueden crear comisiones interdepartamentales.

Las autoridades ejecutivas, cuya competencia incluye cuestiones de educación, informan a las comisiones psicológicas, médicas y pedagógicas, al centro psicológico, médico y pedagógico y a las comisiones de expertos médicos y sociales sobre sus decisiones en el campo de la educación especial. Artículo 26. Características de la reorganización y liquidación de instituciones de educación especial. La reorganización y liquidación de instituciones de educación especial estatales y municipales podrá realizarse si se garantiza a los estudiantes y alumnos la educación continua en condiciones especiales adecuadas para obtener una educación. Durante la reorganización y liquidación de instituciones de educación especial no estatales, se garantiza a los estudiantes y alumnos la realización de sus derechos a la educación en instituciones educativas estatales y municipales de los tipos y tipos correspondientes. Artículo 27. Características de la concesión de licencias para actividades educativas de instituciones de educación especial, su certificación y acreditación estatal.

1. La concesión de licencias para las actividades educativas de las instituciones de educación especial se lleva a cabo de conformidad con la Ley de la Federación de Rusia "sobre educación", teniendo en cuenta las siguientes condiciones:

1) la autoridad educativa del estado federal expide una licencia para el derecho a realizar actividades educativas a las instituciones educativas de educación vocacional, instituciones educativas especiales, con excepción de las instituciones educativas especiales de preescolar, instituciones educativas especiales para niños con retraso mental y (o ) niños con retraso mental.

2) un tema especial del examen es la disponibilidad de condiciones especiales para la obtención de la educación, para las instituciones educativas especiales no estatales también la posibilidad de su financiación de acuerdo con las normas establecidas.

2. La certificación y acreditación estatal de una institución de educación especial se lleva a cabo en la forma prescrita por la Ley de Educación de la Federación de Rusia, sujeto a las siguientes condiciones:

1) la certificación de una institución de educación especial se lleva a cabo si el resultado final de la certificación de al menos la mitad de los graduados en el último año académico es positivo;

2) la acreditación estatal de una institución de educación especial la lleva a cabo únicamente la autoridad educativa del estado federal. Artículo 28. Control de las actividades en el ámbito de la educación especial.

1. El control de las actividades en el campo de la educación especial lo llevan a cabo las autoridades ejecutivas pertinentes y los órganos de autogobierno local dentro de los límites de su competencia en las formas previstas por las leyes y otros actos jurídicos reglamentarios.

El control de las actividades de las instituciones educativas estatales y municipales en las que estudian personas con discapacidad lo llevan a cabo sus fundadores.

2. El control público de las actividades en el campo de la educación especial lo llevan a cabo las asociaciones públicas que se ocupan, de conformidad con sus documentos constitutivos, de cuestiones de protección de los derechos de las personas con discapacidad.

3. La fiscalía supervisa la aplicación de la legislación sobre educación especial.

CAPÍTULO V. DE LAS CONDICIONES PARA RECIBIR LA EDUCACIÓN ESPECIAL

Artículo 29. Financiamiento de la educación especial.

1. La financiación de una institución educativa en la que estudia una persona con discapacidad la realiza el fundador, así como con cargo al presupuesto federal o al presupuesto de la entidad constitutiva correspondiente de la Federación de Rusia en la cantidad establecida por la obligación educativa registrada por el estado. .

2. La financiación de la educación especial se realiza por el importe de la norma de financiación federal establecida para las instituciones educativas de uso general de los tipos y tipos pertinentes de conformidad con la Ley de la Federación de Rusia "sobre educación".

A expensas de las obligaciones educativas registradas por el Estado, se pagan los costos de crear condiciones especiales para que las personas con discapacidad obtengan educación, proporcionando a estas personas libros de texto, material didáctico, material de formación técnica individual y vehículos.

3. Los gastos se realizan con cargo al presupuesto federal para garantizar las obligaciones educativas registradas por el estado de las personas con discapacidad que estudian en instituciones educativas de educación vocacional, así como en instituciones de educación especial, con excepción de las instituciones de educación preescolar especiales, instituciones de educación especial. para niños con retraso mental en el desarrollo y (o) niños con retraso mental.

4. Las normas para financiar las obligaciones educativas registradas por el estado con cargo al presupuesto federal se establecen en la forma determinada por la ley de la Federación de Rusia "Sobre Educación" para la financiación de instituciones educativas estatales y municipales.

5. La obligación educativa personal del Estado se cumple cuando una persona (su representante legal) transfiere los documentos previstos en el artículo 24 de esta Ley Federal a la administración de la institución educativa en la que esta persona ha sido admitida para estudiar.

6. Las personas con discapacidad que estudian en instituciones de educación general que no cuentan con unidades educativas especiales no reciben obligaciones educativas registradas por el estado.

Si, según la conclusión de la comisión psicológico-médica-pedagógica o de la comisión médico-social de expertos, la formación de personas con discapacidad es imposible sin un asistente, entonces los costos de remuneración del asistente del estudiante y el costo de las ayudas técnicas individuales para la formación son reembolsado en la forma determinada para la obligación educativa nominal estatal y en cantidades que no excedan el tamaño de la obligación educativa nominal estatal.

7. La financiación del servicio de logopedia corre a cargo de sus fundadores.

8. La educación en el hogar de personas con enfermedades somáticas, realizada al finalizar la institución de tratamiento, así como su educación durante su estadía en una institución médica para pacientes hospitalizados, es financiada por la institución educativa en la que estas personas estudian constantemente. La educación en el hogar de las personas con discapacidad, que se lleva a cabo según la conclusión de una comisión médico-pedagógica o de una comisión de expertos médico-social, se financia con cargo a obligaciones educativas registradas por el Estado.

9. La creación de las condiciones necesarias para la actividad docente de un especialista con discapacidad se realiza a expensas del fundador de la institución educativa correspondiente. Artículo 30. Base material y técnica de las instituciones educativas especiales, instituciones educativas de educación integrada y unidades educativas especiales.

1. Para una institución de educación especial, una institución educativa de aprendizaje integrado y una unidad educativa especial, con el fin de asegurar las actividades previstas por sus estatutos, el fundador (fundadores) o un organismo autorizado por el propietario cede los objetos de propiedad de acuerdo con la legislación de la Federación de Rusia.

2. La base material y técnica de dichas instituciones educativas o unidades educativas, según sus tipos y tipos, incluye locales, estructuras necesarias para los estudiantes, alumnos, así como equipos y medios técnicos individuales de formación para personas con discapacidad, incluso para la organización. salas correccionales y de rehabilitación, organización de eventos deportivos y públicos, catering, prestación de atención médica, medidas recreativas y terapéuticas, servicios domésticos y sanitarios, realización de otras funciones previstas por el estatuto de la institución educativa o unidad educativa correspondiente. Artículo 31. Apoyo científico y metodológico a instituciones de educación especial, instituciones educativas de formación integrada y unidades educativas especiales 1. La publicación de libros de texto y material didáctico para instituciones de educación especial, instituciones educativas de formación integrada y unidades educativas especiales se realiza con cargo del presupuesto federal.

2. El Gobierno de la Federación de Rusia brinda apoyo científico y metodológico a las instituciones educativas especiales, instituciones educativas de aprendizaje integrado y unidades educativas especiales a través de órganos e instituciones autorizadas por él.

3. Al elaborar y aprobar el presupuesto federal, se prevén los gastos de investigación científica en el campo de la educación especial.

CAPÍTULO VI. PROPORCIONANDO PERSONAL DE EDUCACIÓN ESPECIAL.

Artículo 32. Formación de especialistas en materia de educación especial.

1. La formación de especialistas en el campo de la educación especial se lleva a cabo en instituciones educativas especializadas de educación secundaria vocacional y educación vocacional superior, en instituciones educativas de educación vocacional de posgrado, así como en facultades y cursos especiales de instituciones educativas de educación secundaria vocacional y superior. educación vocacional.

2. El contenido mínimo obligatorio de los programas educativos básicos de educación secundaria pedagógica y pedagógica superior, establecido por el componente federal de la norma educativa estatal correspondiente, incluye el estudio de los fundamentos de la defectología y la pedagogía correccional. Artículo 33. Garantías y beneficios sociales para los empleados implicados en la implantación de la educación especial.

1. Los empleados involucrados en la implementación de la educación especial, además de los derechos y beneficios establecidos por la legislación de la Federación de Rusia para los empleados de instituciones educativas, tienen derecho a recibir pagos a tarifas (salarios) aumentadas en 15-30. por ciento, dependiendo de los tipos y tipos de instituciones educativas, así como de la complejidad del trabajo realizado.

La lista de puestos y trabajos relevantes se aprueba en la forma que determine el Gobierno de la Federación de Rusia.

2. En caso de aumento, por decisión del fundador, en el número de estudiantes, alumnos en clases (grupos) que exceda el número estándar establecido para una institución educativa del tipo o tipo correspondiente, las tarifas (salarios ) de los empleados especificados en el párrafo 1 de este artículo se incrementan en un uno por ciento por cada porcentaje de exceso del número normativo de estudiantes, alumnos.

3. Un empleado docente ciego de la institución educativa correspondiente tiene derecho a tener una secretaria, cuyo trabajo se paga con fondos del fundador.

CAPÍTULO VII. ACTIVIDADES INTERNACIONALES DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA EN EL ÁMBITO DE LA EDUCACIÓN ESPECIAL.

Artículo 34. Actividades internacionales de la Federación de Rusia en el ámbito de la educación especial.

1. La Federación de Rusia lleva a cabo actividades internacionales en el campo de la educación especial y promueve el desarrollo de la comunidad internacional en el campo de la educación especial, incluso sobre la base de los tratados internacionales de la Federación de Rusia.

2. Los organismos, instituciones, organizaciones estatales y no estatales relacionadas con la educación especial, las personas interesadas tienen derecho a participar en programas y proyectos internacionales en el campo de la educación especial, incluida la formación de especialistas.

3. Los organismos, instituciones, organizaciones estatales y no estatales relacionados con la educación especial tienen derecho, de conformidad con la legislación de la Federación de Rusia:

1) establecer conexiones con organizaciones extranjeras e internacionales de educación especial, incluida la realización de investigaciones conjuntas, el intercambio de especialistas, tecnologías, programas, estudiantes, alumnos;

2) crear instituciones educativas especiales con la participación de extranjeros, así como organizaciones para apoyar sus actividades;

3) realizar de forma independiente actividades económicas exteriores. CAPÍTULO VIII. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS

Artículo 35. Procedimiento para la promulgación de esta Ley Federal.

Esta Ley Federal entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación oficial, con excepción del párrafo 2 del artículo 37, párrafos del primer y tercer párrafo del artículo 37, párrafo 2 del artículo 38 de esta Ley Federal. El inciso 6 del inciso 2 del artículo 7 de esta Ley Federal entra en vigor el 1 de septiembre de 2001. Artículo 36. Aplicación de leyes previamente adoptadas y demás actos jurídicos reglamentarios en materia de educación especial.

Las leyes y otros actos jurídicos reglamentarios en el campo de la educación especial que estaban vigentes en el territorio de la Federación de Rusia antes de la entrada en vigor de esta Ley Federal se aplican en la medida en que no contradigan esta Ley Federal, otros actos jurídicos reglamentarios de La Federación de Rusia emitió, sobre su base, leyes y otros actos jurídicos reglamentarios de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia. Artículo 37. El procedimiento para la implementación de determinadas disposiciones de esta Ley Federal.

1. Los costos de poner en práctica las disposiciones de esta Ley Federal se financian con cargo al presupuesto federal, a menos que esta Ley Federal o un acuerdo entre la Federación de Rusia y los sujetos de la Federación de Rusia dispongan lo contrario.

2. La creación de condiciones especiales para la obtención de educación en instituciones educativas estatales se realiza a expensas de los fundadores y debe completarse antes del 1 de septiembre de 2001.

3. La creación de comisiones psicológicas, médicas y pedagógicas a razón de una comisión por no más de cien mil niños que vivan en un territorio determinado, pero no menos de una comisión psicológica, médica y pedagógica en el territorio de cada sujeto del territorio. Federación Rusa debe completarse antes del 1 de enero de 2000, de conformidad con el párrafo 1 del artículo 23 de esta Ley Federal, hasta el 1 de septiembre de 2005.

La Federación de Rusia concede subvenciones a las entidades constitutivas de la Federación de Rusia si carecen de fondos para financiar comisiones psicológicas, médicas y pedagógicas.

La creación de centros federales psicológicos, médicos y pedagógicos deberá completarse antes del 1 de enero de 2000. La admisión selectiva de estudiantes a instituciones educativas de educación profesional superior se planifica teniendo en cuenta la provisión de comisiones psicológicas, médicas y pedagógicas, centros psicológicos, médicos y pedagógicos y comisiones de expertos médicos y sociales con los especialistas pertinentes. Artículo 38. Sobre la adecuación de los actos jurídicos reglamentarios de la Federación de Rusia a esta Ley Federal.

1. Proponer al Presidente de la Federación de Rusia que encargue al Gobierno de la Federación de Rusia que ajuste sus actos jurídicos a esta Ley Federal.

2. Los actos jurídicos normativos previstos por esta Ley Federal deberán dictarse antes del 1 de enero de 2000.

Activo

(modificado al 14 de diciembre de 2016)

Sobre la educación de las personas con discapacidad en la ciudad de Moscú

CIUDADES DE MOSCÚ

Sobre la educación de las personas con discapacidad en la ciudad de Moscú


Documento con cambios realizados:
(Sitio web oficial de la Duma de la ciudad de Moscú www.duma.mos.ru, 07/07/2014);
(Sitio web oficial de la Duma de la ciudad de Moscú www.duma.mos.ru, 26/12/2016).
____________________________________________________________________

Esta Ley regula las relaciones relacionadas con la implementación del derecho de las personas con discapacidad a la educación en cualquier nivel y enfoque de acuerdo con sus habilidades y capacidades, con el propósito de la integración social de estas personas, incluyendo su adquisición de habilidades de autoservicio, preparación para el trabajo, incluyendo las actividades profesionales, y la vida familiar.

Capítulo 1. Disposiciones generales

Artículo 1. Ámbito de aplicación de esta Ley

Esta Ley se aplica a:

1) niños discapacitados, otras personas no reconocidas en el orden establecido como niños discapacitados, pero que tengan limitaciones de salud temporales o permanentes y necesiten la creación de condiciones especiales de aprendizaje (crianza), así como personas discapacitadas y otras personas con discapacidad mayores de 10 años. 18 años, cursando programas educativos profesionales básicos de educación vocacional primaria, vocacional secundaria y vocacional superior;

2) padres (representantes legales) de las personas especificadas en el párrafo 1 de este artículo;

3) docentes y otros trabajadores involucrados en la educación y formación de personas con discapacidad, así como trabajadores docentes entre personas con discapacidad;

4) autoridades ejecutivas de la ciudad de Moscú, instituciones educativas estatales de la ciudad de Moscú (en adelante, instituciones educativas estatales) y organizaciones educativas no estatales, funcionarios y gerentes pertinentes, así como asociaciones de personas jurídicas, públicas y estatales. -asociaciones públicas que operan en el ámbito de la educación.
(Cláusula modificada, puesta en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley No. 37 de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014.

Artículo 2. Conceptos básicos

Para los efectos de esta Ley, se aplican los siguientes conceptos básicos:

1) limitación de las capacidades de salud: cualquier pérdida de una estructura o función mental, fisiológica o anatómica o desviación de ellas, que implique una limitación total o parcial de la capacidad o capacidad para realizar actividades domésticas, sociales, profesionales o de otro tipo de una manera y en una medida que se considera normal para una persona, de lo contrario, igual a la edad, los factores sociales y otros. Dependiendo del grado de posibilidad de compensación o restablecimiento, la limitación de las capacidades de salud puede ser temporal o permanente;

2) condiciones especiales de educación (crianza): programas educativos especiales y métodos de enseñanza, libros de texto, material didáctico, materiales didácticos y visuales, material didáctico técnico para uso colectivo e individual (incluidos los especiales), medios de comunicación y comunicación, traducción al lenguaje de señas. en la implementación de programas educativos, adaptación instituciones educativas y territorios adyacentes para el libre acceso de todas las categorías de personas con discapacidad, así como servicios pedagógicos, psicológico-pedagógicos, médicos, sociales y otros que brinden un entorno educativo adaptativo y sin barreras entorno de vida, sin el cual el desarrollo de programas educativos por parte de personas con discapacidad capacidades de salud es imposible (difícil);

3) educación inclusiva: educación conjunta (crianza), incluida la organización de sesiones conjuntas de formación, ocio, diversos tipos de educación adicional, personas con discapacidad y personas que no tienen tales restricciones;

4) ayuda temprana: asistencia psicológica, pedagógica y médico-social integral de orientación familiar a los niños de la infancia y la primera infancia que han sido identificados con alteraciones en el desarrollo de diversas funciones o desviaciones de las mismas, así como los riesgos de que ocurran en de edad avanzada y que se encuentran en situaciones de crisis para las familias que crían a esos niños.

Artículo 3. Garantizar las garantías estatales del derecho de las personas con discapacidad a recibir educación.

1. Las autoridades ejecutivas de la ciudad de Moscú crean las condiciones para que las personas con discapacidad reciban educación de cualquier nivel en las instituciones educativas estatales de conformidad con la legislación federal, las leyes y otros actos legales reglamentarios de la ciudad de Moscú mediante:
Ley de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014 N 37.

1) realización de un examen gratuito por parte de una comisión psicológica, médica y pedagógica;

2) implementación de corrección psicológica, médica y pedagógica calificada y gratuita de las limitaciones de salud (en adelante, corrección de las limitaciones de salud) desde el momento de su identificación, independientemente del grado de gravedad de acuerdo con el informe médico y (o) la conclusión de la comisión psicológica, médica y pedagógica;

3) creación en las instituciones educativas estatales de condiciones especiales de formación (educación) para personas con discapacidad de acuerdo con las indicaciones (contraindicaciones) psicológicas, pedagógicas y médicas, el informe médico y (o) la conclusión de una comisión psicológica, médica y pedagógica;

4) crear condiciones para la rehabilitación y habilitación de personas con discapacidad utilizando métodos de cultura física y deportes de acuerdo con la legislación federal, las leyes y otros actos legales reglamentarios de la ciudad de Moscú sobre la base de las recomendaciones de un programa individual de rehabilitación o habilitación o un informe médico;
Ley de la ciudad de Moscú de 14 de diciembre de 2016 N 47.

5) brindar la oportunidad, teniendo en cuenta las recomendaciones médicas y (o) recomendaciones de la comisión psicológica, médica y pedagógica, de recibir educación en instituciones educativas estatales de cualquier tipo y tipo en las formas previstas por la legislación federal, las leyes y otras reglamentaciones. actos jurídicos de la ciudad de Moscú;

6) proporcionar a las personas discapacitadas, incluidos los niños discapacitados, equipos informáticos, equipos de comunicación y software cuando reciben educación en el hogar utilizando tecnologías de educación a distancia;

7) proporcionar a las personas discapacitadas, incluidos los niños discapacitados, de acuerdo con las indicaciones médicas y sociales, servicios de transporte durante el período de educación para visitar las instituciones educativas estatales;

8) brindar la oportunidad de utilizar los servicios de intérpretes y asistentes de lengua de señas según las recomendaciones de un programa individual de rehabilitación o habilitación o un informe médico;
(Cláusula modificada, puesta en vigor el 6 de enero de 2017 por la Ley de la ciudad de Moscú No. 47 del 14 de diciembre de 2016.

9) brindar la oportunidad de estudiar en programas educativos adicionales y recibir servicios correccionales educativos adicionales;

10) brindar la oportunidad de dominar programas educativos profesionales básicos y adicionales, teniendo en cuenta las características y capacidades psicofísicas individuales en función de la elección del perfil laboral;

11) garantizar el empleo al finalizar la formación de acuerdo con la educación y (o) formación profesional recibida en la forma prescrita por la legislación federal, las leyes y otros actos legales reglamentarios de la ciudad de Moscú;

12) garantizar otros derechos y garantías de conformidad con la legislación federal, las leyes y otros actos legales reglamentarios de la ciudad de Moscú.

2. Las autoridades ejecutivas de la ciudad de Moscú velan por la organización de la labor informativa y educativa con los ciudadanos a fin de formar ideas positivas sobre las personas con discapacidad y prevenir la discriminación contra ellas en todas las esferas de la vida.
Ley de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014 N 37.

3. Las autoridades ejecutivas de la ciudad de Moscú implementan programas y actividades conjuntos destinados a proteger la salud de los ciudadanos, prevenir la discapacidad, mejorar la educación y formación de las personas con discapacidad, su adaptación social sobre la base de un programa individual de rehabilitación o habilitación o un informe médico, que garantiza el acceso sin obstáculos de las personas con discapacidad a las instalaciones sociales, de transporte y de ingeniería de la ciudad de Moscú. Podrán crearse comisiones interdepartamentales para coordinar estas actividades e intercambiar información y experiencias.
(Parte modificada, entrada en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley de la ciudad de Moscú del 25 de junio de 2014 N 37, por la Ley de la ciudad de Moscú del 14 de diciembre de 2016 N 47.

4. La base organizativa de la política de la ciudad de Moscú para garantizar las garantías estatales del derecho de las personas con discapacidad a recibir educación son los programas estatales de la ciudad de Moscú.
(Parte modificada, puesta en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley No. 37 de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014.

Artículo 4. Participación de los padres (representantes legales) en la crianza y formación de las personas con discapacidad

Las autoridades ejecutivas de la ciudad de Moscú crean condiciones que brindan a los padres (representantes legales) de personas con discapacidad la oportunidad de:
(Párrafo modificado, puesto en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley de la ciudad de Moscú N° 37 de 25 de junio de 2014.

1) elegir una institución educativa (teniendo en cuenta el informe médico y (o) la conclusión (recomendaciones) de la comisión psicológica, médica y pedagógica);

2) elegir formas de educación (teniendo en cuenta el informe médico y (o) la conclusión (recomendaciones) de la comisión psicológica, médica y pedagógica);

3) estar presente cuando el niño sea examinado por una comisión médico-pedagógica psicológica, discutir los resultados del examen, familiarizarse con la conclusión y cuestionarla en la comisión médico-pedagógica psicológica-pedagógica central (de la ciudad) y en los tribunales;

4) participar en el desarrollo e implementación de un plan de estudios individual, programas educativos y de formación individuales;

5) asistir, de acuerdo con la administración de la institución educativa, a clases en la institución educativa correspondiente para participar en el proceso de educación y formación de una persona con discapacidad;

6) recibir consultas sobre temas de crianza y educación de un niño con discapacidad en el lugar donde recibió su educación, así como en comisiones e instituciones psicológicas, médicas, pedagógicas que brinden asistencia psicológica, pedagógica y médica y social;

7) participar en la gestión de una institución educativa;

8) recibir una compensación por los costos de educar a un niño en una familia en montos determinados por los estándares de costos financieros por estudiante en una institución educativa estatal del tipo y tipo apropiado;

9) disfrutar de otros derechos y garantías de conformidad con la legislación federal, las leyes y otros actos jurídicos reglamentarios de la ciudad de Moscú.

Capítulo 2. Organización de la educación y formación de personas con discapacidad.

Artículo 5. Formas de organización del proceso educativo para las personas con discapacidad que estudian en programas de educación general básica y adicional de educación primaria general, básica general, secundaria (completa) general.

1. Las autoridades ejecutivas de la ciudad de Moscú crean condiciones en las instituciones educativas estatales para la educación inclusiva de las personas con discapacidad.
(Parte modificada, puesta en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley No. 37 de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014.

2. Para las personas con discapacidad que no tienen la oportunidad de recibir una educación inclusiva, se abren clases (grupos) de educación compensatoria y clases (grupos) especiales (correccionales) en las instituciones educativas estatales.

3. Para las personas con discapacidad que no tienen la oportunidad de estudiar a tiempo completo, se crean las condiciones para recibir educación en otras formas, incluido el uso de tecnologías educativas a distancia.

4. Organización de actividades de clases (grupos) para personas con discapacidad para la implementación de programas educativos, incluida la determinación de las reglas de admisión, ocupación máxima de clases (grupos), requisitos para el contenido de la educación y organización del proceso educativo, provisión de derechos, garantías sociales y medidas de apoyo social para estudiantes y empleados, se lleva a cabo de conformidad con la legislación federal, las leyes y otros actos legales reglamentarios de la ciudad de Moscú.

5. Con el fin de superar las limitaciones de salud de los estudiantes, dichas limitaciones se corrigen.

6. La corrección de las limitaciones de salud la lleva a cabo directamente la institución educativa estatal, si el número de personas con discapacidad que estudian a tiempo completo es superior a seis personas. Si el número de estos estudiantes es inferior a seis personas, la corrección de las limitaciones de salud se lleva a cabo sobre la base de un acuerdo entre la institución educativa estatal en la que estudian las personas con discapacidad y una institución educativa estatal para niños que necesitan atención psicológica y pedagógica. y asistencia médica y social, o institución educativa especial (correccional). La forma aproximada del acuerdo es aprobada por el órgano ejecutivo de la ciudad de Moscú autorizado por el Gobierno de Moscú.
(Parte modificada, puesta en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley No. 37 de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014.

Artículo 6. Instituciones de educación preescolar que ofrecen corrección de limitaciones de salud e instituciones de educación especial (correccionales)

1. Las autoridades ejecutivas de la ciudad de Moscú crean instituciones de educación preescolar para personas con discapacidad que brindan corrección de discapacidades, así como instituciones educativas especiales (correccionales).
(Parte modificada, puesta en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley No. 37 de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014.

2. Se crean instituciones de educación preescolar que brindan corrección de limitaciones de salud para personas con:

1) discapacidad auditiva: sordos, con problemas de audición y sordos tardíos;

2) discapacidad visual: personas ciegas, deficientes visuales y con ceguera tardía, con estrabismo y ambliopía;

3) trastornos del habla: subdesarrollo general del habla de diversas etiologías, subdesarrollo del aspecto fonético-fonémico del habla, tartamudez y otros trastornos del habla;

4) trastornos del sistema musculoesquelético;

5) retraso mental de diversos orígenes;

6) retraso mental, incluido retraso mental grave;

7) defectos complejos, incluida la sordoceguera;

8) trastornos de la esfera emocional-volitiva y del comportamiento;

9) otros trastornos del desarrollo.

3. Se crean instituciones educativas especiales (correccionales) para niños sordos, con problemas de audición y sordos tardíos, ciegos, con discapacidad visual y con ceguera tardía, niños con discapacidades graves del habla, trastornos musculoesqueléticos, retraso mental, niños con retraso mental y niños con otras limitaciones de salud.

4. Se pueden crear instituciones de educación preescolar que brinden corrección por limitaciones de salud, así como instituciones educativas especiales (correccionales) para la educación conjunta de personas con diversas discapacidades de salud, si dicha capacitación no interfiere con el desarrollo exitoso de los programas educativos y existen sin contraindicaciones médicas correspondientes.

5. En las instituciones de educación preescolar que llevan a cabo la corrección de limitaciones de salud, así como en las instituciones educativas especiales (correccionales), se realiza un trabajo específico para corregir las limitaciones de salud de los estudiantes, alumnos y su integración social en la implementación de la educación básica y programas adicionales de educación general, programas educativos adicionales y programas de formación preprofesional.

6. En las instituciones de educación preescolar que realicen la corrección de limitaciones de salud, así como en las instituciones educativas especiales (correccionales), se podrán abrir grupos de corta estancia o se podrán crear unidades educativas especiales para realizar la corrección de limitaciones de salud y sociales. integración de personas con discapacidad según el perfil de la institución, estudiantes que estudian en otras instituciones educativas, en una organización médica que brinda atención médica en régimen de internación, en el hogar, así como recibir educación en otras formas (excepto a tiempo completo).
Ley de la ciudad de Moscú de 14 de diciembre de 2016 N 47.

7. Los especialistas de las instituciones de educación preescolar que brindan corrección de discapacidades y de las instituciones educativas especiales (correccionales) brindan asistencia de consultoría al personal docente de otras instituciones educativas y a los padres (representantes legales) de personas con discapacidad en temas de su crianza y educación. El procedimiento para prestar dicha asistencia lo determina la autoridad ejecutiva de la ciudad de Moscú autorizada por el Gobierno de Moscú.
(Parte modificada, puesta en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley No. 37 de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014.

Artículo 7. Educación en el hogar

1. Para las personas que, por motivos de salud, no asisten temporal o permanentemente a instituciones educativas, con el consentimiento de sus padres (representantes legales), las autoridades ejecutivas de la ciudad de Moscú crean las condiciones para estudiar en casa.
(Parte modificada, puesta en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley No. 37 de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014.

2. La educación en el hogar la llevan a cabo las instituciones educativas sobre la base de un informe médico. La lista de enfermedades cuya presencia da derecho a estudiar en casa se determina de conformidad con las leyes reglamentarias de la Federación de Rusia.

3. El estudio en casa se organiza sobre la base de un acuerdo entre las autoridades ejecutivas de la ciudad de Moscú que llevan a cabo la gestión en el ámbito de la educación, la institución educativa, el estudiante y (o) sus padres (representantes legales). La forma aproximada de un acuerdo sobre educación en el hogar es aprobada por la autoridad ejecutiva de la ciudad de Moscú autorizada por el Gobierno de Moscú.
(Parte modificada, puesta en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley No. 37 de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014.

4. Las personas que estudian en casa utilizando tecnologías de aprendizaje a distancia reciben equipo informático, equipo de comunicaciones y software con cargo al presupuesto de la ciudad de Moscú durante el período de educación.

5. La corrección de las limitaciones de salud de las personas que estudian en casa se lleva a cabo sobre la base de un acuerdo con una institución educativa estatal para niños que necesitan asistencia psicológica, pedagógica y médica y social, o una institución educativa especial (correccional). La forma aproximada del acuerdo es aprobada por el órgano ejecutivo de la ciudad de Moscú autorizado por el Gobierno de Moscú.
(Parte modificada, puesta en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley No. 37 de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014.

Artículo 8. Capacitación y educación en una organización médica que brinda atención médica en entornos hospitalarios.

(Parte modificada, puesta en vigor el 6 de enero de 2017 por la Ley No. 47 de la ciudad de Moscú del 14 de diciembre de 2016.

1. Las autoridades ejecutivas de la ciudad de Moscú crean las condiciones para la formación y educación de las personas con discapacidad que reciben tratamiento a largo plazo (más de 21 días) en organizaciones médicas que brindan atención médica en un entorno hospitalario de acuerdo con los programas educativos de la nivel apropiado.
(Parte modificada por la Ley de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014 N 37; modificada por la Ley de la ciudad de Moscú de 14 de diciembre de 2016 N 47.

2. Las cuestiones organizativas de formación y educación previstas en este artículo están reguladas por un acuerdo entre una organización médica que brinda atención médica en un entorno hospitalario y una institución educativa estatal que implementa programas educativos en el nivel apropiado y está ubicada, por regla general, muy cerca de esta organización médica.
(Parte modificada, puesta en vigor el 6 de enero de 2017 por la Ley No. 47 de la ciudad de Moscú del 14 de diciembre de 2016.

3. La autoridad ejecutiva de la ciudad de Moscú autorizada por el Gobierno de Moscú aprueba una forma aproximada de acuerdo sobre la organización de la formación y la educación en una organización médica que proporcione atención médica en condiciones de hospitalización.
(Parte modificada por la Ley de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014 N 37; modificada por la Ley de la ciudad de Moscú de 14 de diciembre de 2016 N 47.

4. La corrección de las limitaciones de salud de las personas que estudian en una organización médica que brinda atención médica en un entorno hospitalario se lleva a cabo sobre la base de un acuerdo con una institución educativa estatal para niños que necesitan asistencia psicológica, pedagógica y médica y social, o un institución educativa especial (correccional) .
(Parte modificada, puesta en vigor el 6 de enero de 2017 por la Ley No. 47 de la ciudad de Moscú del 14 de diciembre de 2016.

5. Una forma aproximada de acuerdo con una institución educativa estatal para niños que necesitan asistencia psicológica, pedagógica, médica y social, o una institución educativa especial (correccional) es aprobada por la autoridad ejecutiva de la ciudad de Moscú autorizada por el Ministerio de Educación. Gobierno.
(Parte modificada, puesta en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley No. 37 de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014.

Artículo 9. Formación de personas con discapacidad que viven en organizaciones de servicios sociales para pacientes hospitalizados.

(El título modificado, entró en vigor el 6 de enero de 2017 mediante la Ley No. 47 de la ciudad de Moscú del 14 de diciembre de 2016.

1. Con el fin de implementar la rehabilitación médica, social y profesional integral de las personas con discapacidad que viven en organizaciones de servicios sociales para pacientes hospitalizados, se crean divisiones estructurales y (o) clases (grupos) especiales dentro de su estructura por decisión de la autoridad ejecutiva de la ciudad de Moscú autorizado por el Gobierno de Moscú, implementando programas educativos del nivel apropiado y talleres de capacitación laboral en la forma establecida por la legislación federal, las leyes y otros actos legales reglamentarios de la ciudad de Moscú.
(Parte modificada por la Ley de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014 N 37; modificada por la Ley de la ciudad de Moscú de 14 de diciembre de 2016 N 47.

2. La organización de los servicios sociales para pacientes hospitalizados lleva a cabo la corrección de las limitaciones de salud de las personas que viven allí, brinda asistencia consultiva, diagnóstica y metodológica a sus padres (representantes legales) sobre cuestiones médicas, sociales, legales y otras, desarrolla programas de capacitación individualmente diferenciados, implementado por él de forma independiente o con la participación de instituciones educativas estatales que implementan programas educativos en el nivel apropiado.
(Parte modificada, puesta en vigor el 6 de enero de 2017 por la Ley No. 47 de la ciudad de Moscú del 14 de diciembre de 2016.

3. La forma aproximada de un acuerdo sobre la organización de la formación en el contexto de la organización de servicios sociales para pacientes hospitalizados es aprobada por la autoridad ejecutiva de la ciudad de Moscú autorizada por el Gobierno de Moscú.
(Parte modificada por la Ley de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014 N 37; modificada por la Ley de la ciudad de Moscú de 14 de diciembre de 2016 N 47.

4. Teniendo en cuenta las necesidades de las personas con discapacidad, en las organizaciones de servicios sociales para pacientes hospitalizados se organizan estancias permanentes, de cinco días y de tiempo completo.
(Parte modificada, puesta en vigor el 6 de enero de 2017 por la Ley No. 47 de la ciudad de Moscú del 14 de diciembre de 2016.

Artículo 10. Formación profesional y empleo de personas con discapacidad.

1. Las autoridades ejecutivas de la ciudad de Moscú crean las condiciones para que las personas con discapacidad reciban educación vocacional primaria, vocacional secundaria, vocacional superior, educación vocacional adicional y capacitación vocacional en instituciones educativas estatales de acuerdo con el nivel de su educación general o formación profesional. mediante la formación de encargos estatales para formar personal y dotar al proceso educativo de medios didácticos materiales, técnicos, didácticos y metodológicos adecuados, teniendo en cuenta las limitaciones específicas de las capacidades de salud de estas personas y las indicaciones médicas para la formación y el trabajo.
(Parte modificada, puesta en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley No. 37 de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014.

2. Las instituciones educativas estatales de educación profesional primaria, secundaria y profesional superior realizan correcciones psicológicas, médicas y pedagógicas de las limitaciones de salud de los estudiantes, con el objetivo de restaurar o compensar las funciones deterioradas.

3. Al dominar los programas educativos profesionales básicos y adicionales que utilizan tecnologías de educación a distancia, las personas discapacitadas, incluidos los niños discapacitados que estudian en programas educativos profesionales básicos de educación vocacional primaria, vocacional secundaria y vocacional superior, reciben equipo informático y equipo de comunicaciones durante el período de recibir educación y software a expensas del presupuesto de la ciudad de Moscú.

4. Las autoridades ejecutivas de la ciudad de Moscú toman medidas para el empleo de personas con discapacidad al finalizar la formación de acuerdo con la educación y (o) formación profesional recibida en la forma prescrita por la legislación federal, las leyes y otros actos jurídicos reglamentarios de la ciudad de Moscú, proporcionando servicios de orientación y adaptación profesional, creación de puestos de trabajo adicionales para personas con discapacidad y organizaciones especializadas que emplean a personas con discapacidad, reserva y cuotas de puestos de trabajo para personas con discapacidad, teniendo en cuenta las opciones para la previsión laboral de las personas con discapacidad , proporcionando subsidios a empresas y organizaciones que emplean a personas discapacitadas.
(Parte modificada, puesta en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley No. 37 de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014.

Artículo 11. Comisiones psicológicas, médicas y pedagógicas.

1. Con el fin de identificar a los niños con discapacidades y (o) desviaciones de comportamiento, realizarles un examen exhaustivo y preparar recomendaciones para brindarles asistencia psicológica, médica y pedagógica y organizar su crianza y capacitación, una autoridad ejecutiva central autorizada por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Moscú. Se crean comisiones psicológicas, médicas y pedagógicas del gobierno (ciudad) y territorial (distrito).
(Parte modificada, puesta en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley No. 37 de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014.

2. El procedimiento de organización y las principales áreas de actividad de las comisiones psicológicas, médicas y pedagógicas se determinan de conformidad con la legislación federal.

3. Las recomendaciones para la creación (cambio) de condiciones especiales de educación (crianza), contenidas en la conclusión de la comisión psicológico-médica-pedagógica, son de obligatoria implementación por parte de las instituciones educativas estatales y las organizaciones educativas no estatales en las que trabajan personas con discapacidad. estudiar.

Artículo 12. Asistencia psicológica, pedagógica, médica y social integral.

Las instituciones educativas estatales para niños que necesitan asistencia psicológica, pedagógica y médico-social, las instituciones educativas especiales (correccionales) y las instituciones de educación preescolar que corrigen discapacidades brindan a las personas con discapacidad y a sus padres (representantes legales) una atención psicológica, pedagógica y médica integral. -asistencia social dirigida a:

1) identificación, diagnóstico psicológico, médico y pedagógico y corrección de limitaciones de salud;

2) desarrollo de programas de formación individuales y organización de clases individuales y (o) grupales destinadas a desarrollar habilidades de autocuidado, comunicación y habilidades laborales básicas en personas con discapacidades complejas y (o) graves;

3) brindar apoyo psicológico y pedagógico a las personas con discapacidad y sus padres (representantes legales);

4) asesoramiento, diagnóstico y asistencia metodológica a los padres (representantes legales) de personas con discapacidad en cuestiones médicas, sociales, jurídicas y otras;

5) información y apoyo metodológico para docentes y otros empleados de instituciones educativas donde estudian personas con discapacidad;

6) implementación de un sistema integral de medidas para la adaptación social y orientación vocacional de las personas con discapacidad.

Artículo 13. Servicio de asistencia temprana

1. Con el fin de brindar asistencia psicológica, pedagógica y médico-social integral a las personas con discapacidad en la infancia y primera infancia desde el momento en que se les diagnostica trastornos del desarrollo de diversas funciones o el riesgo de que se presenten a mayor edad en las instituciones educativas estatales. en qué condiciones necesarias se puede crear un servicio de atención temprana.

2. Las principales actividades del servicio de asistencia temprana son:

1) realizar un examen psicológico, médico y pedagógico de los niños en la infancia y la primera infancia;

2) prestación de asistencia correccional y de desarrollo integral a los niños de la infancia y la primera infancia;

3) brindar asesoramiento a los padres (representantes legales) en temas de crianza y educación de los niños y organizar apoyo psicológico y pedagógico para la familia de un niño con discapacidad en la infancia y la primera infancia.

3. Las autoridades ejecutivas de la ciudad de Moscú autorizadas por el Gobierno de Moscú informan a la población sobre los servicios de asistencia temprana y los servicios que prestan.
(Parte modificada, puesta en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley No. 37 de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014.

Artículo 14. Características de la admisión de personas con discapacidad en instituciones educativas estatales.

1. La admisión de personas con discapacidad a las instituciones educativas estatales se lleva a cabo de conformidad con el procedimiento general establecido por la legislación federal, las leyes y otros actos legales reglamentarios de la ciudad de Moscú para la admisión de ciudadanos a las instituciones educativas estatales, teniendo en cuenta la particularidades que establece esta Ley.

2. Una institución educativa estatal no tiene derecho a negar la admisión a personas con discapacidad debido a la presencia de tales restricciones, excepto en los casos establecidos por la legislación federal y las leyes de la ciudad de Moscú.

3. La negativa a admitir a una persona con discapacidad en una institución educativa estatal puede ser apelada en la forma prescrita por la legislación federal, las leyes y otros actos legales reglamentarios de la ciudad de Moscú.

Artículo 15. Procedimiento para transferir y cambiar la forma de educación de las personas con discapacidad.

1. Una persona con discapacidad es trasladada a otra institución educativa o a otra forma de educación sobre la base de la conclusión de una comisión psicológico-médica-pedagógica y con el consentimiento de los padres (representantes legales) de un menor si tiene no dominar el programa educativo en la institución educativa elegida y en la forma elegida. La cuestión del traslado se considera, por regla general, después del final del año académico, si una fecha anterior no corresponde a los intereses del estudiante o alumno.

2. La educación y formación conjunta de personas con discapacidad y personas sin tales limitaciones no debe afectar negativamente a los resultados educativos de estas últimas. Si la comisión psicológico-médica-pedagógica determina la imposibilidad de educación conjunta de personas con discapacidad que dominan con éxito programas educativos y personas que no tienen tales restricciones, por decisión del órgano de autogobierno de la institución educativa, la órgano ejecutivo de la ciudad de Moscú que lleva a cabo la gestión en el campo de la educación, de acuerdo con los padres (representantes legales) de los menores y teniendo en cuenta las recomendaciones de la comisión psicológica, médica y pedagógica, toma medidas para garantizar que las personas con discapacidad continuar sus estudios en otra institución educativa o en otra forma de educación.
(Parte modificada, puesta en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley No. 37 de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014.

Artículo 16. Certificación final de personas con discapacidad

1. La certificación final de las personas con discapacidad se lleva a cabo de conformidad con la legislación federal, las leyes y otros actos legales reglamentarios de la ciudad de Moscú en un entorno que excluye la influencia de factores negativos sobre el estado de salud de dichas personas, y está organizada teniendo en cuenta las características de su desarrollo psicofísico y capacidades individuales.

2. Para hacer efectivo el derecho de las personas con discapacidad a recibir educación profesional secundaria y profesional superior, las autoridades ejecutivas de la ciudad de Moscú autorizadas por el Gobierno de Moscú brindan a los estudiantes con discapacidad, previa solicitud por escrito, la oportunidad de participar en el examen estatal unificado, realizado en la forma que establece la legislación federal, y crear las condiciones organizativas y tecnológicas para los mismos, teniendo en cuenta sus características psicofisiológicas y las recomendaciones del órgano ejecutivo federal que ejerce funciones de control y supervisión en el campo de la educación.
(Parte modificada, puesta en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley No. 37 de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014.

3. Las personas con discapacidad que estudiaron según planes de estudio individuales y no dominaron el programa educativo de educación general o los programas educativos para estudiantes, alumnos con discapacidad, incluidos los programas educativos de instituciones educativas especiales (correccionales), reciben un certificado de finalización del institución educativa, en la que se indican las materias académicas por año de estudio, cuyos programas se han dominado. Las categorías de estudiantes y alumnos a quienes se les expide un certificado de finalización de una institución educativa y el procedimiento para emitir el certificado están determinados por los actos legales reglamentarios de la Federación de Rusia.

Artículo 17. Interacción de las autoridades ejecutivas de la ciudad de Moscú, instituciones educativas estatales, organizaciones educativas no estatales, otras organizaciones, asociaciones de personas jurídicas, asociaciones públicas y estatales-públicas en la creación de condiciones para la educación y formación de personas con discapacidad.

(El nombre modificado, entró en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley de la Ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014 N 37.

La interacción de las autoridades ejecutivas de la ciudad de Moscú con las organizaciones en el campo de la educación de personas con discapacidad se lleva a cabo sobre la base de los principios:
(Párrafo modificado, puesto en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley de la ciudad de Moscú N° 37 de 25 de junio de 2014.

1) garantizar la participación plena e igualitaria de las personas con discapacidad en la educación, el desarrollo social y el empleo de acuerdo con sus habilidades y capacidades;

2) involucrar a las organizaciones públicas de personas con discapacidad y a las organizaciones que emplean a personas con discapacidad en la toma de decisiones en el campo de la educación y formación de personas con discapacidad, el desarrollo de la documentación del programa, el uso de métodos, métodos y formatos de comunicación, métodos educativos y alternativos y mejorados. materiales para brindar apoyo a personas con discapacidad en el desarrollo de calidad de material educativo;

3) creación de un sistema eficaz de educación y formación profesional del personal docente involucrado en la educación (educación) de las personas con discapacidad, en el campo de la pedagogía correccional, psicología especial, características del desarrollo psicofísico de las personas con discapacidad, métodos y tecnologías. para organizar el proceso educativo y de rehabilitación de dichas personas;

4) estimular la participación de organizaciones, asociaciones de personas jurídicas, asociaciones públicas y estatales-públicas en la provisión de condiciones materiales y técnicas para el proceso educativo de las personas con discapacidad, produciendo para ellas equipos especializados educativos, de rehabilitación, médicos, ayudas para la formación técnica, creando empleos y empleo dirigido a personas con discapacidad.

Capítulo 3. Apoyo financiero y logístico a la educación de personas con discapacidad

Artículo 18. Financiación de la educación de las personas con discapacidad.

1. La financiación de las instituciones educativas estatales en las que estudian personas con discapacidad se realiza con cargo al presupuesto de la ciudad de Moscú sobre la base de una plantilla individual de acuerdo con las normas de costes financieros aprobadas por el Gobierno de Moscú para el próximo ejercicio financiero. Los estándares de costos financieros incluyen los costos de crear condiciones especiales para la educación (educación) de personas con discapacidad.

2. Los gastos de prestación de servicios de transporte a las personas discapacitadas, incluidos los niños discapacitados, durante el período de educación para asistir a instituciones educativas estatales se reembolsan en la forma que determine el Gobierno de Moscú.

3. La compensación por los costos a los padres (representantes legales) por la educación independiente de un niño con discapacidad en el hogar de acuerdo con un programa educativo individual se lleva a cabo en la forma prescrita por los actos legales reglamentarios de la ciudad de Moscú, en el monto de los costos. para formar (criar) a un niño en una institución educativa estatal en el nivel de educación correspondiente.

4. La compensación por los costos a los padres (representantes legales) por la formación de una persona con discapacidad en una institución (organización) educativa no estatal se lleva a cabo por el monto de los costos de su formación en una institución educativa estatal en la forma que determine la legislación reglamentaria. actos de la ciudad de Moscú.

Artículo 19. Apoyo material y técnico para condiciones especiales de formación (crianza)

1. Las autoridades ejecutivas de la ciudad de Moscú crean en las instituciones educativas estatales que brindan educación a personas con discapacidad, condiciones que brinden la oportunidad de acceso sin obstáculos a dichas personas a los edificios y locales de la institución educativa, la organización de su estadía y su capacitación. en esta institución: medios visuales, sonoros y táctiles, pasamanos, rampas, ascensores especiales, lugares de formación especialmente equipados, equipos educativos, de rehabilitación y médicos especializados, así como equipos y medios técnicos de formación para uso individual y colectivo, incluso para la organización correccional. y salas de rehabilitación, organización de capacitación utilizando tecnologías de educación a distancia, organización de eventos deportivos y públicos, nutrición, provisión de atención médica, salud y tratamiento y medidas preventivas, servicios domésticos y sanitarios, desempeño de otras funciones necesarias para la formación (educación) completa de personas con discapacidad y aplicación de la corrección de limitaciones de salud.
(Parte modificada, puesta en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley No. 37 de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014.

2. La publicación de libros de texto y material didáctico, incluidos recursos educativos digitales, materiales didácticos y visuales necesarios para la educación (educación) de las personas con discapacidad, se realiza con cargo al presupuesto de la ciudad de Moscú, independientemente de su circulación.

Artículo 20. Medidas de apoyo social a los docentes y otros trabajadores involucrados en la formación (educación) de personas con discapacidad.

1. Las autoridades ejecutivas de la ciudad de Moscú crean condiciones para la formación especial de pedagógicos y otros trabajadores involucrados en la formación (educación) de personas con discapacidad, en el campo de la pedagogía correccional, la psicología especial, las características del desarrollo psicofísico de los niños con discapacidades, métodos y tecnologías de organización del proceso educativo y de rehabilitación de estos niños.
(Parte modificada, puesta en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley No. 37 de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014.

2. Se establecen pagos adicionales para los empleados pedagógicos y de otro tipo de las instituciones educativas estatales involucradas en la formación (educación) de personas con discapacidad en la forma que determine el Gobierno de Moscú.

3. El personal docente que imparte clases a personas con discapacidad mediante tecnologías de aprendizaje a distancia cuenta con equipos informáticos, comunicaciones y software.

4. Un trabajador docente con discapacidad, si existe una conclusión adecuada de una institución de reconocimiento médico y social, tiene derecho a tener un asistente.

5. La creación de las condiciones necesarias para las actividades docentes de un docente con discapacidad se lleva a cabo en la forma prescrita por la legislación federal, las leyes y otros actos legales reglamentarios de la ciudad de Moscú.

Capítulo 4. Disposiciones finales y transitorias

Artículo 21. Responsabilidad por violación de los requisitos de esta Ley.

Las personas culpables de violar los requisitos de esta Ley serán responsables de conformidad con la legislación de la ciudad de Moscú.

Artículo 22. Entrada en vigor de esta Ley

1. Esta Ley entra en vigor diez días después de su publicación oficial, con excepción de la Parte 3 del Artículo 10, las Partes 2 a 4 del Artículo 18, la Parte 3 del Artículo 20 de esta Ley.

2. La parte 3 del artículo 20 de esta Ley entra en vigor 10 días después de su publicación oficial en relación con el personal docente que enseña a personas con discapacidad utilizando tecnologías de aprendizaje a distancia en programas de educación general básica y adicional, y a partir del 1 de enero de 2011 - en en relación al personal docente que enseña a personas con discapacidad utilizando tecnologías de aprendizaje a distancia en programas educativos profesionales básicos y adicionales.

3. La parte 3 del artículo 10 y las partes 2 a 4 del artículo 18 de esta Ley entrarán en vigor el 1 de enero de 2011.

Artículo 23. Disposiciones transitorias

1. Antes de la creación en las instituciones educativas estatales de las condiciones previstas en la parte 1 del artículo 19 de esta Ley, con el fin de organizar un sistema educativo inclusivo, las autoridades ejecutivas de la ciudad de Moscú que gestionan el campo de la educación, en De acuerdo con las necesidades de la población en la prestación de servicios educativos adecuados, determinar la institución (instituciones) educativas estatales en el territorio del distrito administrativo (distrito) de la ciudad de Moscú, las condiciones para la implementación del proceso educativo y de rehabilitación en el que son los más próximos a los definidos por esta Ley.
(Parte modificada, puesta en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley No. 37 de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014.

2. Al implementar la educación inclusiva, antes de la creación en una institución educativa estatal de las condiciones previstas en la Parte 1 del artículo 19 de esta Ley, a fin de asegurar el equilibrio de intereses de los estudiantes con discapacidad y los estudiantes que no tienen tales restricciones. , así como las condiciones para el trabajo exitoso del personal docente por decisión de la autoridad ejecutiva de la ciudad de Moscú autorizada por el Gobierno de Moscú, teniendo en cuenta las recomendaciones de la comisión psicológica, médica y pedagógica, una menor tasa de ocupación en el Se podrá establecer una clase (grupo), y la proporción en la clase (grupo) de personas con discapacidad y personas sin tales limitaciones, estudiantes para educación a tiempo completo, se determinará de tal manera que la formación conjunta no interfiera con su desarrollo exitoso. de programas educativos.
(Parte modificada, puesta en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley No. 37 de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014.

3. La concesión de subvenciones prevista en la parte 4 del artículo 10 de esta Ley se lleva a cabo en la forma prescrita por los actos jurídicos reglamentarios de la ciudad de Moscú de conformidad con la ley de la ciudad de Moscú sobre el presupuesto de la ciudad de Moscú para el ejercicio financiero y el período de planificación correspondientes.

4. Antes de la entrada en vigor de la parte 2 del artículo 18 de esta Ley, las autoridades ejecutivas de la ciudad de Moscú crean las condiciones para los servicios de transporte para personas discapacitadas, incluidos los niños discapacitados, durante el período de educación a fin de garantizar la posibilidad de su entrega a instituciones educativas estatales antes del inicio de clases y al lugar de residencia al finalizar los estudios.
(Parte modificada, puesta en vigor el 15 de julio de 2014 por la Ley No. 37 de la ciudad de Moscú de 25 de junio de 2014.

5. La prestación de servicios de asistentes e intérpretes de lengua de signos a los estudiantes y docentes con discapacidad se lleva a cabo de acuerdo con los horarios de personal individuales de las instituciones educativas estatales dentro de los límites de los fondos para apoyar las actividades básicas.

alcalde de moscú
Yu.M.Luzhkov



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JSC "Kodeks"

En los últimos años se ha prestado mucha atención a los problemas de los niños con condiciones de salud especiales (CHD). ¿Cuáles son estos y cómo solucionarlos? Intentemos resolverlo.

Discapacidades de la salud (HD). ¿Lo que es?

Las fuentes científicas de la literatura describen que una persona con discapacidad tiene ciertas limitaciones en la vida cotidiana. Hablamos de defectos físicos, mentales o sensoriales. Por tanto, una persona no puede realizar determinadas funciones o deberes.

Esta condición puede ser crónica o temporal, parcial o general.

Naturalmente, las limitaciones físicas dejan una huella importante en la psicología. Normalmente, las personas con discapacidad tienden a aislarse y se caracterizan por una baja autoestima, mayor ansiedad y falta de confianza en sí mismas.

Por tanto, el trabajo debe comenzar desde la niñez. En el marco de la educación inclusiva, se debe prestar especial atención a la adaptación social de las personas con discapacidad.

Escala de discapacidad de tres niveles

Esta es la versión británica. La escala fue adoptada en los años ochenta del siglo pasado por la Organización Mundial de la Salud. Incluye los siguientes pasos.

La primera se llama "enfermedad". Esto se refiere a cualquier pérdida o anomalía (psicológica/fisiológica, estructura o función anatómica).

La segunda etapa involucra a pacientes con defectos y pérdida de capacidad para realizar actividades que se consideran normales para otras personas.

La tercera etapa es la incapacidad (invalidez).

tipos de avena

En la clasificación aprobada de trastornos de las funciones básicas del cuerpo, se identifican varios tipos. Veámoslos con más detalle.

1. Trastornos de los procesos mentales. Hablamos de percepción, atención, memoria, pensamiento, habla, emociones y voluntad.

2. Deficiencias en las funciones sensoriales. Estos son la visión, el oído, el olfato y el tacto.

3. Violaciones de las funciones de respiración, excreción, metabolismo, circulación sanguínea, digestión y secreción interna.

4. Cambios en la función estatodinámica.

Los niños discapacitados que pertenecen a las categorías primera, segunda y cuarta constituyen la mayoría del total. Se distinguen por ciertas desviaciones y trastornos del desarrollo. Por lo tanto, estos niños requieren métodos especiales y específicos de formación y educación.

Clasificación psicológica y pedagógica de los niños que pertenecen al sistema de educación especial.

Consideremos este tema con más detalle. Ya que de esto dependerá la elección de técnicas y métodos de entrenamiento y educación.

  • Niños con trastornos del desarrollo. Se quedan atrás en el desarrollo físico y mental debido a que existe daño orgánico en el sistema nervioso central y disfunción de los analizadores (auditivo, visual, motor, del habla).
  • Niños que tienen discapacidades del desarrollo. Se diferencian en las desviaciones enumeradas anteriormente. Pero limitan sus capacidades en menor medida.

Los niños con discapacidades y los niños discapacitados tienen importantes discapacidades del desarrollo. Disfrutan de beneficios y beneficios sociales.

También existe una clasificación pedagógica de los trastornos.

Se compone de las siguientes categorías.

Niños con discapacidad:

  • audición (sordo tardío, personas con problemas de audición, sordos);
  • visión (visión deficiente, ciego);
  • habla (varios grados);
    inteligencia;
  • retraso en el desarrollo del psicohabla (DSD);
  • sistema musculoesquelético;
  • esfera emocional-volitiva.

Cuatro grados de deterioro

Dependiendo del grado de disfunción y de la capacidad de adaptación, se puede determinar el grado de deterioro de la salud.

Tradicionalmente hay cuatro grados.

Primer grado. El desarrollo de un niño con discapacidad se produce en el contexto de una disfunción de leve a moderada. Estas patologías pueden ser una indicación para el reconocimiento de la discapacidad. Sin embargo, por regla general, esto no siempre sucede. Además, con la formación y la educación adecuadas, el niño puede recuperar plenamente todas las funciones.

Segundo grado. Este es el tercer grupo de discapacidad en adultos. El niño tiene alteraciones pronunciadas en las funciones de sistemas y órganos. A pesar del tratamiento, siguen limitando su adaptación social. Por lo tanto, estos niños necesitan condiciones especiales de aprendizaje y de vida.

Tercer grado de deterioro de la salud. Corresponde al segundo grupo de discapacidad en un adulto. Existe una mayor gravedad de trastornos que limitan significativamente las capacidades del niño en su vida.

Cuarto grado de deterioro de la salud. Incluye disfunciones pronunciadas de sistemas y órganos, por lo que se produce una inadaptación social del niño. Además, podemos constatar el carácter irreversible de las lesiones y, muchas veces, la ineficacia de las medidas (terapéuticas y rehabilitadoras). Este es el primer grupo de discapacidad en un adulto. Los esfuerzos de profesores y médicos suelen estar dirigidos a prevenir una condición crítica.

Problemas de desarrollo de niños con discapacidad.

Esta es una categoría especial. Los niños con discapacidad se distinguen por la presencia de discapacidades físicas y mentales que contribuyen a la formación de trastornos generales del desarrollo. Ésta es una posición generalmente aceptada. Pero es necesario comprender esta cuestión con más detalle.

Si hablamos de un niño con discapacidades menores, ya hemos definido qué es, entonces cabe señalar que al crear condiciones favorables se pueden evitar la mayoría de los problemas de desarrollo. Muchos trastornos no actúan como barreras entre el niño y el mundo exterior. El apoyo psicológico y pedagógico competente a los niños con discapacidad les permitirá dominar el material del programa y estudiar junto con todos los demás en una escuela de educación general y asistir a un jardín de infancia normal. Pueden comunicarse libremente con sus compañeros.

Sin embargo, los niños discapacitados con discapacidades graves necesitan condiciones especiales, educación, crianza y tratamiento especiales.

Política social del Estado en materia de educación inclusiva

En Rusia, en los últimos años se han desarrollado determinadas áreas de la política social que están asociadas a un aumento del número de niños con discapacidad. Qué es esto y qué problemas se resuelven, lo consideraremos un poco más adelante. Por ahora, observemos lo siguiente.

Las disposiciones básicas de la política social se basan en enfoques científicos modernos, medios materiales y técnicos disponibles, un mecanismo legal detallado, programas nacionales y públicos, un alto nivel de formación profesional de especialistas, etc.

A pesar de los esfuerzos realizados y del progresivo desarrollo de la medicina, el número de niños con discapacidad crece de manera constante. Por tanto, las principales orientaciones de la política social están encaminadas a solucionar los problemas de su educación en la escuela y su estancia en las instituciones preescolares. Veamos esto con más detalle.

Educación inclusiva

La educación de los niños con discapacidad debe tener como objetivo crear condiciones favorables para lograr la igualdad de oportunidades con sus pares, obtener una educación y garantizar una vida digna en la sociedad moderna.

Sin embargo, la implementación de estas tareas debe realizarse en todos los niveles, desde el jardín de infantes hasta la escuela. Veamos estas etapas a continuación.

Crear un entorno educativo “sin barreras”

El problema básico de la educación inclusiva es crear un entorno educativo “libre de barreras”. La regla principal es su accesibilidad para niños con discapacidad, resolviendo problemas y dificultades de socialización.

En las instituciones educativas que brindan su apoyo, es necesario cumplir con requisitos pedagógicos generales para equipos e instalaciones técnicas. Esto es especialmente cierto para satisfacer las necesidades cotidianas, desarrollar competencias y actividad social.

Además, se debe prestar especial atención a la crianza y educación de esos niños.

Problemas y dificultades de la educación inclusiva

A pesar del trabajo que se realiza, a la hora de enseñar y criar a niños con discapacidad, no todo es tan sencillo. Los problemas y dificultades existentes de la educación inclusiva se reducen a las siguientes posiciones.

En primer lugar, el grupo de niños no siempre acepta a un niño con discapacidad como “uno de los suyos”.

En segundo lugar, los profesores no pueden dominar la ideología de la educación inclusiva y existen dificultades para implementar métodos de enseñanza.

En tercer lugar, muchos padres no quieren que sus hijos con un desarrollo normal vayan a la misma clase que un niño "especial".

En cuarto lugar, no todas las personas discapacitadas pueden adaptarse a las condiciones de la vida ordinaria sin requerir atención y condiciones adicionales.

Niños con discapacidad en una institución preescolar.

Los niños con discapacidad en instituciones de educación preescolar son uno de los principales problemas de un jardín de infancia no especializado. Porque el proceso de adaptación mutua es muy difícil para el niño, padres y profesores.

El objetivo prioritario del grupo integrado es la socialización de los niños con discapacidad. Para ellos, el preescolar se convierte en la etapa primaria. Los niños con capacidades diferentes y discapacidades del desarrollo deben aprender a interactuar y comunicarse en un mismo grupo y desarrollar su potencial (intelectual y personal). Esto se vuelve igualmente importante para todos los niños, ya que les permitirá a cada uno de ellos traspasar los límites existentes del mundo que los rodea tanto como sea posible.

Niños con discapacidad en la escuela.

La tarea prioritaria de la educación inclusiva moderna es aumentar la atención a la socialización de los niños con discapacidad. Se requiere un programa adaptado aprobado para niños con discapacidad para la formación en una escuela de educación general. Sin embargo, los materiales disponibles actualmente están dispersos y no integrados en un sistema.

Por un lado, la educación inclusiva en las escuelas secundarias comienza a aparecer, por otro lado, aumenta la heterogeneidad de la composición de los estudiantes, teniendo en cuenta el nivel de su desarrollo del habla, mental y mental.

Este enfoque conduce al hecho de que la adaptación tanto de los niños relativamente sanos como de los niños con discapacidad se ve significativamente obstaculizada. Esto genera dificultades adicionales, a menudo insuperables, a la hora de implementar el enfoque individual del profesor.

Por lo tanto, los niños con discapacidad no pueden simplemente estudiar en la escuela en igualdad de condiciones que los demás. Para obtener un resultado favorable, se deben crear ciertas condiciones.

Principales áreas de trabajo en el sistema educativo inclusivo

Para el pleno desarrollo de un niño con discapacidad en la escuela es necesario trabajar en las siguientes áreas.

En primer lugar, para solucionar problemas se recomienda crear un grupo de apoyo psicológico y pedagógico en una institución educativa. Sus actividades serán las siguientes: estudiar las características del desarrollo de los niños con discapacidades y sus necesidades especiales, elaborar programas educativos individuales y desarrollar formas de apoyo. Estas disposiciones deberán constar en un documento especial. Se trata de una tarjeta individual de apoyo psicológico y pedagógico para el desarrollo de un niño con discapacidad.

En segundo lugar, es necesario un ajuste constante de las técnicas y métodos de enseñanza y educación.

En tercer lugar, el grupo de apoyo debe iniciar una revisión del plan de estudios, teniendo en cuenta una evaluación de la condición del niño y la dinámica de su desarrollo. Por ello se está creando una versión adaptada para niños con discapacidad.

En cuarto lugar, es necesario impartir periódicamente clases correccionales y de desarrollo destinadas a aumentar la motivación, desarrollar la actividad cognitiva, la memoria y el pensamiento y comprender las características personales.

En quinto lugar, una de las formas necesarias de trabajo es trabajar con la familia de un niño discapacitado. Su objetivo principal es organizar la asistencia a los padres en el proceso de dominar los conocimientos y habilidades prácticos necesarios para criar y enseñar a niños con discapacidad. Además, se recomienda:

  • involucrar activamente a la familia en el trabajo de la institución educativa, brindándole apoyo psicológico y pedagógico;
  • proporcionar asesoramiento a los padres;
  • enseñar a la familia las técnicas y métodos de asistencia a su disposición;
  • organizar comentarios de los padres a la institución educativa, etc.

En general, cabe señalar que la educación inclusiva en Rusia apenas comienza a desarrollarse.

Proporcionar un entorno educativo accesible para estudiantes con discapacidades en RMAT

Organización de actividades educativas para estudiantes con discapacidad. Con el fin de brindar apoyo integral al proceso educativo de los estudiantes con discapacidad, la orden del rector de 25 de agosto de 2017 No. 1097/1 establece las responsabilidades de organizar el apoyo pedagógico al proceso educativo (deberes de un tutor).

RMAT brinda apoyo para los exámenes de ingreso para solicitantes con discapacidades (si tienen la intención de ingresar a la Academia). Al realizar exámenes de ingreso, se crean condiciones especiales, incluida la posibilidad de elegir la forma de los exámenes de ingreso (escritos u orales), la capacidad de utilizar medios técnicos, la asistencia de un asistente, así como el aumento de la duración de los exámenes de ingreso.

Para la formación de personas con discapacidad, si es necesario, se elaboran planes de estudio y programas de formación individuales. Al elaborar un plan de estudios individual, se tienen en cuenta las características y necesidades educativas de un estudiante en particular.

La forma de certificación actual y final para estudiantes con discapacidad se establece teniendo en cuenta las características psicofísicas individuales (oralmente, escritas en papel, escritas en computadora, en forma de prueba, etc.); Si es necesario, se proporciona tiempo adicional para preparar una respuesta para una prueba o examen.

La elección de los lugares de pasantía para personas con discapacidad se hace teniendo en cuenta los requisitos de accesibilidad, así como las recomendaciones de los expertos médicos y sociales sobre las condiciones y tipos de trabajo.

En la formación de personas con discapacidad se utilizan medios electrónicos para facilitar la recepción y transmisión de información en formatos accesibles, según la nosología.

Entorno sin barreras. RMAT proporciona un entorno educativo accesible para estudiantes con discapacidades. El territorio cumple con las condiciones para el movimiento libre, seguro y conveniente de estudiantes con movilidad reducida, y se proporciona acceso a edificios y estructuras.


Los edificios educativos proporcionan una entrada accesible para personas con problemas de movilidad. Acceso sin obstáculos al edificio educativo n. ° 1 en la dirección Región de Moscú, ciudad. Khimki, microdistrito de Skhodnya, st. Gorkogo, 7 dispone de una entrada equipada con rampa y pasamanos. En el acceso al edificio hay un cartel táctil de la organización educativa con el horario de atención. La puerta de entrada está marcada con una señal de advertencia para personas con discapacidad visual. Los pasillos y puertas amplios permiten un fácil movimiento en sillas de ruedas.



El edificio está equipado con un dispositivo elevador móvil para el libre movimiento de personas con discapacidad y sillas de ruedas.




En el aula destinada a estudiantes con discapacidad, las primeras mesas de la fila junto a la ventana y en la fila del medio están destinadas a estudiantes con discapacidad visual y auditiva, hay un sistema de bucle de inducción para personas con discapacidad auditiva;

Para los estudiantes que usan silla de ruedas, se asignan las primeras 1 o 2 mesas seguidas cerca de la entrada.Para los estudiantes con discapacidad, una sala sanitaria e higiénica está especialmente equipada en el primer piso.


La información sobre peligros o eventos importantes se transmite a través del sistema de alarma y advertencia.

DISPOSICIONES QUE RIGEN EL TRABAJO CON ESTUDIANTES CON PAISAJE Y DISCAPACIDAD

Reglamento sobre la formación de personas con discapacidad en la Academia Internacional de Turismo de Rusia
Peculiaridades de la realización de pruebas de acceso para personas con discapacidad y personas con discapacidad.

Introducción

El objetivo principal de atraer a las personas discapacitadas a la educación física y los deportes regulares es restablecer el contacto perdido con el mundo exterior, crear las condiciones necesarias para la reunificación con la sociedad, la participación en trabajos socialmente útiles y la rehabilitación de su salud. Además, la educación física y el deporte ayudan a la mejora física y mental de esta categoría de la población, contribuyendo a su integración social y rehabilitación física. En el extranjero, la actividad física es muy popular entre las personas discapacitadas con fines de relajación, entretenimiento, comunicación, mantenimiento o adquisición de una buena forma física, el nivel requerido de aptitud física. Las personas discapacitadas, por regla general, se ven privadas de la oportunidad de moverse libremente, por lo que a menudo experimentan alteraciones en el funcionamiento de los sistemas cardiovascular y respiratorio. La educación física y la actividad sanitaria en tales casos son un medio eficaz para prevenir y restablecer el funcionamiento normal del cuerpo y también contribuyen a la adquisición del nivel de aptitud física necesario, por ejemplo, para que una persona discapacitada pueda utilizar silla de ruedas, prótesis u ortesis. Además, no estamos hablando sólo de restaurar las funciones normales del cuerpo, sino también de restaurar la capacidad para trabajar y adquirir habilidades laborales. Por ejemplo, en los Estados Unidos, 10 millones de personas discapacitadas, que constituyen el 5% de la población, reciben asistencia del gobierno por un monto del 7% del ingreso nacional total. Se puede discutir la afirmación de que fue el movimiento deportivo de las personas discapacitadas en Occidente lo que estimuló el reconocimiento legislativo de sus derechos civiles, pero no hay duda de que el movimiento deportivo de los usuarios de sillas de ruedas en los años 50 y 60. en muchos países ha llamado la atención sobre sus capacidades y potencial. El Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad establece: “La importancia del deporte para las personas con discapacidad es cada vez más reconocida. Por lo tanto, los Estados miembros deberían fomentar todo tipo de actividades deportivas para las personas con discapacidad, en particular proporcionando instalaciones adecuadas y una organización adecuada. estas actividades."

educación física oportunidades limitadas salud

Definición de "persona con discapacidad"

El término persona con discapacidad apareció en la legislación rusa hace relativamente poco tiempo.

De conformidad con la Ley Federal No. 120-FZ del 30 de junio de 2007 sobre enmiendas a ciertos actos legislativos de la Federación de Rusia sobre la cuestión de los ciudadanos con discapacidades, las palabras "con discapacidades del desarrollo" utilizadas en los actos legales regulatorios ... son sustituido por el término "con OVZ".

Así se introdujo el concepto de “persona con discapacidad”. Sin embargo, el legislador no proporcionó una definición normativa clara de este concepto. Esto ha llevado a que el término se perciba como equivalente o similar al término “personas con discapacidad”. Es necesario señalar específicamente el hecho de que estos conceptos no son equivalentes. El hecho de que una persona tenga la condición jurídica de persona discapacitada no significa la necesidad de crear garantías adicionales para que pueda ejercer el derecho a la educación. Y una persona con discapacidad, sin ser reconocida como persona discapacitada en la forma prescrita por la ley, puede tener necesidades educativas especiales. También implican la posibilidad de estudiar en una universidad según un programa educativo adaptado. El concepto de "personas con discapacidad" abarca la categoría de personas cuyas actividades vitales se caracterizan por limitaciones o incapacidad para realizar actividades de una manera o dentro del marco considerado normal para una persona de una edad determinada. Este concepto se caracteriza por un exceso o insuficiencia respecto de lo habitual en el comportamiento o actividad, y puede ser temporal o permanente, así como progresivo y regresivo. Las personas con discapacidad son personas que tienen discapacidades en el desarrollo físico y (o) mental, tienen desviaciones significativas del desarrollo físico y mental normal, causadas por defectos congénitos o adquiridos graves y, por tanto, necesitan condiciones especiales de formación y educación. Por tanto, el grupo de personas con discapacidad incluye personas cuyo estado de salud les impide dominar todas o algunas secciones del programa educativo fuera de condiciones especiales de educación y formación. El concepto de limitación se considera desde diferentes puntos de vista y, en consecuencia, se designa de manera diferente en diferentes campos profesionales relacionados con una persona con discapacidades del desarrollo: en medicina, sociología, el campo del derecho social, pedagogía, psicología.

De acuerdo con esto, el concepto de “persona con discapacidad” nos permite considerar a esta categoría de personas con limitaciones funcionales, incapaces de realizar cualquier actividad como resultado de enfermedades, desviaciones o deficiencias del desarrollo, condiciones de salud atípicas, debido a la falta de adaptación del entorno externo a las necesidades básicas del individuo, desde -por estereotipos negativos y prejuicios que resaltan a personas atípicas en el sistema sociocultural.

1) personas con discapacidad auditiva (sordas, con problemas de audición, sordera tardía);

2) personas con discapacidad visual (ciegas, con discapacidad visual);

3) personas con discapacidades del habla;

4) personas con discapacidad intelectual (niños con retraso mental);

5) personas con retraso mental (TDM);

6) personas con trastornos musculoesqueléticos (PC);

7) personas con trastornos de la esfera emocional-volitiva;

8) personas con pluridiscapacidad.

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